Comercial e Industrial Plásticos Nalon SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2025, ante mí, GAPF, Asesorías, Inversiones e Inmobiliaria Limitada y MDPF, Asesorías, Inversiones e Inmobiliaria, quienes certifico son los únicos y actuales accionistas de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de la sociedad Comercial e Industrial Plásticos Nalon SpA (en adelante, la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: 1) Creación de 2 series de acciones, las Serie A compuesta por 33 acciones y las Serie B compuesta por 67 acciones. Las acciones Serie B contarán con una preferencia en sus derechos económicos consistente en participar, tanto de las utilidades acumuladas en la Sociedad de conformidad al balance de ésta al 31 de diciembre de 2025, como en las utilidades generadas a partir del 1 de enero de 2026. La preferencia de las acciones Serie B rige hasta que no existan utilidades acumuladas en la Sociedad previas al 1 de enero de 2026. Mientras que las acciones Serie A, solo participarán en las utilidades generadas en la Sociedad a partir del 1 de enero de 2026. Agotadas las utilidades acumuladas previas al 1 de enero de 2026, se extinguirá la preferencia, transformándose automáticamente las acciones en ordinarias, de serie única y con iguales derechos. 2) Distribuir las series de acciones de la siguiente manera: a) MDPF, Asesorías, Inversiones e Inmobiliaria Limitada, 16 acciones Serie A y, 34 acciones Serie B; y, b) GAPF, Asesorías, Inversiones e Inmobiliaria Limitada, 17 acciones Serie A y, 33 acciones Serie B. La totalidad de las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. 4) Se modifican los artículos Cuarto y Primero Transitorio en ese sentido. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2026.