Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2026
- Notario
- Carlos Ruiz Bahamondes
- Oficio
- Primera Notaria de San Bernardo
- Comuna
- San
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal
Administración
La compareciente, titular del cien por ciento de las acciones con derecho a voto, designa gerente general de la compañía a don JUAN EDUARDO SCHOFIELD GAJARDO, domiciliado en parcela doce-A, Mariposas, Toconey, Séptima Región, quien asume en este acto y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la obligará con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCarlos Ruiz Bahamondes, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de San Bernardo, con oficio en Covadonga 516, local 13 y 14, certifico: Que, por escritura pública de fecha 15 de enero 2026 ante mí, doña CAROLINA PATRICIA SCHOFIELD RIOS, chilena, casada, sicóloga, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos veintiséis mil cincuenta y cinco guion seis, domiciliada en José Joaquín Pérez setecientos veintiséis-A, comuna de San Bernardo, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Razón social: será "INVERSIONES YORKSHIRE SpA", pudiendo actuar ante los bancos y otros entes privados y organismos públicos con el nombre de fantasía "Yorkshire SpA", Objeto: la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal .- Capital: El capital de la sociedad es la suma de ochenta y cinco millones de pesos, dividido en ochocientas cincuenta acciones nominativas, de igual valor cada una, a que se refiere la cláusula sexta de estos estatutos, se suscribe, paga y entera de la siguiente forma: doña PATRICIA CAROLINA SCHOFIELD RIOS suscribe ochocientas cincuenta acciones, que corresponde al cien por ciento del capital social, que paga y entera mediante el aporte en dominio de los siguientes inmuebles que se aprecian conforme se expresará: a) propiedad ubicada en la comuna de Viña del Mar, calle Burgos número mil cuatrocientos veintitrés, que corresponde al Lote número veinticinco de la Manzana Q, Sector Parque Vergara, Cerro Colinas, Viña del Mar Alto con frente la calle Tres, individualizado en el plano agregado con el número mil quinientos setenta y tres en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año mil novecientos sesenta y tres, que deslinda: AL NORTE, diez metros, con lotes nueve y veintisiete de la Manzana Q; AL SUR, diez metros con calle número Tres; ORIENTE, veintiocho metros con lote número once de la Manzana Q; AL PONIENTE, veintinueve metros cincuenta centímetros con lote número veintiséis de la Manzana Q. Adquirió el referido inmueble por compra que hizo a don Gabriel Edmundo Sacre Garrido, según consta de escritura pública de Compraventa con Mutuo Hipotecario, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Luis Enrique Fischer Yávar, con fecha treinta de abril de dos mil quince. El título se encuentra inscrito a fojas seis mil cuatrocientos cuarenta seis vuelta número siete mil quinientos once correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de avalúo uno uno cuatro siete guion tres uno de la comuna de Viña del Mar. El bien raíz aportado se aprecia en la suma de sesenta millones de pesos atendido el monto de crédito hipotecario que le afecta.- El bien raíz se aporta como especie o cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra a la fecha el bien raíz objeto del aporte y que la adquirente declara aceptar y conocer, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, libre de todo gravamen, embargo o prohibición y juicios pendientes, con la salvedad de hipotecas y prohibición constituidas en favor del Banco Santander Chile para garantizar mutuo hipotecario otorgado a doña CAROLINA PATRICIA SCHOFIELD RIOS, respondiendo la aportante del saneamiento en conformidad a la ley.- La entrega material del bien raíz objeto de la obligación de la aportante se efectuará en el plazo de quince días a contar de la inscripción del título en el competente registro; b) departamento número mil doscientos nueve del décimo segundo piso, del Condominio Edificio Oporto, ubicado en calle Portugal número novecientos setenta y tres – novecientos ochenta y uno, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres cuatro nueve seis al tres cuatro nueve seis -M; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en línea de cuarenta y cinco coma noventa y seis metros con otros propietarios; SUR, en dos tramos, el primero en línea de seis coma cincuenta y un metros con otros propietarios y el segundo en línea de cuarenta metros con calle Porvenir; ORIENTE, en línea de treinta y cinco coma veintisiete metros con Avenida Portugal; SUR ORIENTE, en ochavo de cuatro metros en la intersección de Avenida Portugal y calle Porvenir; PONIENTE, en dos tramos, el primero en catorce coma diez metros con otros propietarios, y el segundo en veintiuno coma diez metros con otros propietarios.- Lo adquirió por compra a PORVENIR FONDO DE INVERSION PRIVADO, RUT setenta y seis millones cuarenta mil ochocientos setenta y seis guion K, administrado por la sociedad ADMINISTRADORA BELTEC S.A., RUT setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta guion ocho, ambos de este domicilio, según escritura de fecha treinta de junio del año dos mil diez, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don René Benavente Cash. El título se encuentra inscrito a fojas cincuenta mil ciento sesenta y seis número setenta y cinco mil setecientos dos del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Rol de avalúo número dos ocho tres nueve – dos siete dos, Comuna de Santiago. El bien raíz y derechos aportados se aprecian en la suma de doce millones quinientos mil pesos atendido créditos hipotecarios que le afectan.- El bien raíz y derechos se aportan como especie o cuerpo cierto, en el estado en que se encuentran a la fecha el bien raíz y derechos objeto del aporte y que la adquirente declara aceptar y conocer, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, libre de todo gravamen, embargo o prohibición y juicios pendientes, con la salvedad de hipotecas y prohibición constituidas en favor terceros acreedores para garantizar mutuos hipotecarios otorgados a doña CAROLINA PATRICIA SCHOFIELD RIOS, respondiendo la aportante del saneamiento en conformidad a la ley.- La entrega material del bien raíz y derechos objeto de la obligación de la aportante se efectuará en el plazo de quince días a contar de la inscripción del título en el competente registro, y c) departamento número mil ochocientos nueve del décimo octavo piso, del condominio Edificio Oporto, ubicado en calle Portugal número novecientos setenta y tres – novecientos ochenta y uno, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres cuatro nueve seis al tres cuatro nueve seis -M; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en línea de cuarenta y cinco coma noventa y seis metros con otros propietarios; SUR, en dos tramos, el primero en línea de seis coma cincuenta y un metros con otros propietarios y el segundo en línea de cuarenta metros con calle Porvenir; ORIENTE, en línea de treinta y cinco coma veintisiete metros con Avenida Portugal; SUR ORIENTE, en ochavo de cuatro metros en la intersección de Avenida Portugal y calle Porvenir; PONIENTE, en dos tramos, el primero en catorce coma diez metros con otros propietarios, y el segundo el veintiuno coma diez metros con otros propietarios.- Lo adquirió por compra a PORVENIR FONDO DE INVERSION PRIVADO, administrado por la sociedad ADMINISTRADORA BELTEC S.A., ambos de este domicilio, según escritura de fecha treinta de junio del año dos mil diez, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don René Benavente Cash El título se encuentra inscrito a fojas cincuenta mil ciento sesenta y seis número setenta y cinco mil setecientos tres del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Rol de avalúo número dos ocho tres nueve guion dos siete dos, Comuna de Santiago. El bien raíz y derechos aportados se aprecian en la suma de doce millones quinientos mil pesos atendido créditos hipotecarios que le afectan.- El bien raíz y derechos se aportan como especie o cuerpo cierto, en el estado en que se encuentran a la fecha el bien raíz y derechos objeto del aporte y que la adquirente declara aceptar y conocer, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, libre de todo gravamen, embargo o prohibición y juicios pendientes, con la salvedad de hipotecas y prohibición constituidas en favor terceros acreedores para garantizar mutuos hipotecarios otorgados a doña CAROLINA PATRICIA SCHOFIELD RIOS, respondiendo la aportante del saneamiento en conformidad a la ley.- La entrega material del bien raíz y derechos objeto de la obligación de la aportante se efectuará en el plazo de quince días a contar de la inscripción del título en el competente registro. El capital social de ochenta y cinco millones de pesos, dividido en ochocientas cincuenta acciones, se encuentra, conforme lo relacionado, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Su domicilio será la ciudad y comuna de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: Indefinida. Administración: La compareciente, titular del cien por ciento de las acciones con derecho a voto, designa gerente general de la compañía a don JUAN EDUARDO SCHOFIELD GAJARDO, domiciliado en parcela doce-A, Mariposas, Toconey, Séptima Región, quien asume en este acto y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la obligará con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Bernardo, 15 de Enero de 2026.- Rep. 44-2026.