MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CHINA RAILWAY CONSTRUCTION CORPORATION (INTERNATIONAL) LIMITED, AGENCIA EN CHILE

RUT 59296220-9 CVE 2769709
Fecha instrumento
6 de febrero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2026
Repertorio
10877
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Interino de la 19° Notaría Santiago, Bandera N° 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de Febrero de 2026, Rep. 8.887 – 2026, ante mí, don KUI YU, chino, casado, ingeniero civil, C.I.E. 28.200.314-8, en representación de la sociedad extranjera CHINA RAILWAY CONSTRUCTION CORPORATION (INTERNATIONAL) LIMITED (la “Sociedad”), RUT. 59.296.210-1, y en su calidad de Agente de CHINA RAILWAY CONSTRUCTION CORPORATION (INTERNATIONAL) LIMITED, AGENCIA EN CHILE (la Agencia), constituida mediante escritura pública de Declaración de Agencia de fecha 13 de julio de 2020, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio 10.877 del año 2020, cuyo extracto se inscribió a fojas 50.406, número 23.932, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2020, procedió a modificar la Agencia en el sentido de dejar constancia que por instrumento otorgado con fecha 26 de enero de dos mil veintiséis, ante el notario público Notario Wang Zhixue, del Municipio de Beijing de la República Popular China, debidamente apostillado, y posteriormente protocolizado en esta misma notaría con fecha 06 de Febrero de 2026, bajo el Repertorio 8.886-2026, la Sociedad revocó la designación de don KUI YU como Agente con el sólo objeto de otorgarle nuevos poderes y facultades para representar a la Sociedad y la Agencia, designando a don KUI YU como Agente en Chile, pero con todas las facultades indicadas en el referido instrumento protocolizado. En todo lo no modificado, continua vigente la declaración de agencia de fecha 13 de julio del año 2020, cuyo extracto se inscribió a fojas 50.406, número 23.932, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2020. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Febrero de 2026.