MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Bafon Limitada

RUT 77592910-3 CVE 2769708
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2025
Repertorio
76014
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
1° Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público, Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública otorgada el 30 de diciembre de 2025, repertorio N°76.014–2025, ante mí: Uno) MARÍA EUGENIA BALMACEDA RUIZ-TAGLE, cédula nacional de identidad N°10.936.367-7; Dos) JOSEFINA BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°18.462.702-7; Tres) SARITA BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°19.308.526-1; Cuatro) MARÍA EUGENIA BARROS BALMACEDA, cédula de identidad nacional N°19.525.012-K; Cinco) JUAN CARLOS DOMINGO BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°20.857.313-6; Seis) XIMENA DEL CARMEN BARROS AUGIER, cédula nacional de identidad N°5.124.787-6; Siete) MANUEL JOSÉ BARROS BARROS, cédula nacional de identidad N°7.321.397-5; Ocho) IVONNE SILVIA FONTANNAZ ETCHEGARAY, cédula nacional de identidad N°5.166.774-3; y, Nueve) ARLETTE MARÍA EUGENIA FONTANNAZ ETCHEGARAY, cédula nacional de identidad N°6.857.034-4, todos domiciliados para estos efectos en Fundo Carampangue sin número, comuna de Talagante, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad “Agrícola Bafon Limitada”, inscrita a fojas 14V, número 14 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2001, quienes acordaron modificar la Sociedad producto de la adjudicación de derechos sociales por la partición y liquidación parcial de la comunidad hereditaria de Juan Carlos Barros Barros, y su forma de administración, para lo cual sustituyeron los Artículos Terceros y Cuarto de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000, aportados por los socios de la siguiente manera: a) Ximena del Carmen Barros Augier, la suma de $10.000.000, equivalente al 10% del total del interés social; b) Arlette María Eugenia Fontannaz Etchegaray, la suma de $31.670.000, equivalente al 31,67% del total del interés social; c) Ivonne Silvia Fontannaz Etchegaray, la suma de $41.660.000, equivalente al 41,66% del total del interés social; d) Manuel José Barros Barros, la suma de $8.330.000, equivalente al 8,33% del total del interés social; e) María Eugenia Balmaceda Ruiz-Tagle, la suma de un $1.668.000, equivalente al 1,668% del total del interés social; f) Josefina Barros Balmaceda, la suma de un $1.668.000, equivalente al 1,668% del total del interés social; g) Sarita Barros Balmaceda, la suma de un $1.668.000, equivalente al 1,668% del total del interés social; h) María Eugenia Barros Balmaceda, la suma de un $1.668.000, equivalente al 1,668% del total del interés social; y, i) Juan Carlos Domingo Barros Balmaceda, la suma de un $1.668.000, equivalente al 1,668% del total del interés social.”; y, Dos) Acuerdan sustituir el Artículo Tercero, relativo a la administración de la sociedad, la cual le corresponderá individual e indistintamente a José Manuel Barros Ruiz-Tagle, y a Sergio Daniel Barros Ruiz-Tagle, quienes podrán actuar cada uno por sí solo. Asimismo, corresponderá también la administración a Manuel José Barros Barros, Arlette María Eugenia Fontannaz Etchegaray, y a Ivonne Silvia Fontannaz Etchegaray, quienes deberán actuar conjuntamente dos de ellos, ya sea personalmente o a través de sus representantes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de enero de 2026.