Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a doña CAROLINA ANDREA DONOSO CARRASCO, quien actuando individual e indistintamente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, y con todas y cada una de las facultades y limitaciones referidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38° Notaria de Santiago, Isidora Goyenechea N°3477, Oficina 10 Comuna de las Condes, certifica que con fecha 5 de febrero de 2026, por escritura pública ante mí, CAROLINA ANDREA DONOSO CARRASCO, Médico Cirujano, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos cincuenta mil ochocientos setenta y siete guion dos, casada con separada de bienes, domiciliado para estos efectos en calle Onofre Jarpa número diez mil quinientos tres casa C, comuna de La Reina Región Metropolitana. Constituye sociedad por acciones que se regirá por el siguiente estatuto: Nombre de la Sociedad. El nombre o razón social de la Sociedad será “DONOSO CIRUPED SPA”. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: prestación de servicios relacionados con la profesión de médico, médico cirujano, o en todas sus especialidades, a través de la atención en forma directa o de convenios, sean estos personas naturales o jurídicas, servicios de bienestar y similares, empresas o instituciones públicas o privadas, instituciones de salud previsional, beneficiarios del fondo nacional de salud; el otorgamiento de asesorías medicas de cualquier naturaleza, otorgamiento de servicios de asistencia, docencia, investigación y extensión del área médica y en general el diagnóstico y tratamiento de enfermedades, recuperación de la salud y rehabilitación de personas o control preventivo, y cualquier otra actividad relacionada con la medicina. Y efectuar cualquier otra clase de actividades profesionales y comerciales que los socios acuerden. Capital Social. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital de la sociedad se paga de conformidad a lo señalado en el artículo Primero Transitorio del presente instrumento. Administración. La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a doña CAROLINA ANDREA DONOSO CARRASCO, quien actuando individual e indistintamente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, y con todas y cada una de las facultades y limitaciones referidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 06 de Febrero 2026.