CVE Proyecto Setenta SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es el desarrollo, construcción, explotación, operación y mantención, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación y)o transmisión de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, ya sea eólica, solar, hidroeléctrica, fotovoltaica o de otro tipo, en adelante los "Proyectos"; y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: /a) llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de los Proyectos; /b) comprar, vender y comercializar energía eléctrica con clientes libres, clientes regulados, a través de contratos de suministros, licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma; c) obtener, transferir, comprar, arrendar, prendar o explotar en cualquier forma las respectivas concesiones y derechos contemplados en la legislación y reglamentación eléctrica; d) construir y operar una planta de generación de energía eléctrica; /e) solicitar permisos, autorizaciones y franquicias para preservar, promover o desarrollar sus actividades; /f) comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; /g) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración que digan relación con el objeto principal; y /h) en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades e incluso formar sociedades e ingresar a ellas
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, así como el uso de su razón social, corresponde a un administrador elegido por los accionistas, mediante escritura pública, salvo el primer Administrador designado en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos extractados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que, por escritura pública de fecha 30 de enero de 2026, repertorio número 1.227-2026, ante mí, CVE CHILE FIN2 SpA, Rol Único Tributario N° 76.824.917-2, representada por Erich Sebastián Schnake Walker, cédula de identidad número 15.325.038-3, constituyó sociedad por acciones regida por el estatuto, supletoriamente las normas legales pertinentes del Párrafo ocho del Título VII del Libro II del Código de Comercio y en aquello que no se contraponga con su naturaleza por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. NOMBRE: “CVE Proyecto Setenta SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad es el desarrollo, construcción, explotación, operación y mantención, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación y/o transmisión de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, ya sea eólica, solar, hidroeléctrica, fotovoltaica o de otro tipo, en adelante los "Proyectos"; y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: /a/ llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de los Proyectos; /b/ comprar, vender y comercializar energía eléctrica con clientes libres, clientes regulados, a través de contratos de suministros, licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma; c) obtener, transferir, comprar, arrendar, prendar o explotar en cualquier forma las respectivas concesiones y derechos contemplados en la legislación y reglamentación eléctrica; d) construir y operar una planta de generación de energía eléctrica; /e/ solicitar permisos, autorizaciones y franquicias para preservar, promover o desarrollar sus actividades; /f/ comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; /g/ efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto principal; y /h/ en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. ADMINISTRACION: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, así como el uso de su razón social, corresponde a un administrador elegido por los accionistas, mediante escritura pública, salvo el primer Administrador designado en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos extractados. CAPITAL: El capital de la sociedad es $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie todas suscritas y pagadas por la sociedad CVE CHILE FIN2 SpA. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que la Sociedad pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2026.