Cavallar y Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2025
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTANZA IVETTE GONZALEZ BRAVO, abogada, Notario Santiago, Suplente del Titular de la Primera Notaria de Providencia, don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2025, ante el notario titular don LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, don CLAUDIO AUGUSTO CAVALLAR OLIVARES, doña CLAUDIA MARCELA DELGADO MARTÍNEZ, doña MARIANA CAVALLAR DELGADO, y don PAOLO CAVALLAR DELGADO, todos domiciliados para estos efectos en calle Brasilia número novecientos nueve, departamento seiscientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “Cavallar y Asociados Limitada”, en el sentido de: Uno. Aumentar el capital social para lo cual se reemplaza su cláusula quinta por la siguiente “QUINTO: CAPITAL: El capital de la sociedad será de dos millones de pesos, que será aportado por los socios de la siguientes forma: a) don CLAUDIO AUGUSTO CAVALLAR OLIVARES, aportó la cantidad de ochocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos sociales; b) doña CLAUDIA MARCELA DELGADO MARTÍNEZ aportó la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales; c) doña MARIANA CAVALLAR DELGADO, aportará la cantidad de trescientos mil pesos, equivalentes al quince por ciento de los derechos sociales; y d) don PAOLO CAVALLAR DELGADO, aportará la cantidad de trescientos mil pesos, equivalentes al quince por ciento de los derechos sociales. El capital se pagará dentro del plazo de tres años contado desde esta fecha, a medida que las necesidades sociales lo requieran; y Dos. reemplazar la administración y uso de la razón social, en el sentido que esta recaerá exclusivamente en los socios CLAUDIO AUGUSTO CAVALLAR OLIVARES y a CLAUDIA MARCELA DELGADO MARTÍNEZ quienes actuando separada e indistintamente tendrán todas las facultades de administración.- Demás estipulaciones y atribuciones constan en escritura extractada.-Santiago, 30 de enero de 2026.