SERVICIOS TECNICOS DUMPEX LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2026
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular, 49° Notaría Santiago, con oficio en Hermanos Amunátegui N° 73 Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 03 de Febrero de 2026, ante mí; don PATRICIO RODRIGO DE LA HORRA PERALTA, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número trece millones ciento noventa y un mil ciento cuarenta y seis guion siete, cono domicilio en Huérfanos número mil ciento diecisiete oficina número trescientos treinta y dos, Comuna de Santiago, rectificó escritura de modificación de “SERVICIOS TECNICOS DUMPEX LIMITADA” rol único tributario número noventa y seis millones seiscientos setenta mil doscientos guion uno, suscrita ante esta misma Notaría con fecha nueve de enero de dos mil veintiséis, repertorio trescientos ochenta guion dos mil veintiséis, en las siguientes cláusulas: a) CLAUSULA TERCERA, la cual señala: “TERCERO: Los nuevos socios don JUAN JAVIER RIQUELME FLORES, quien tiene el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y don JORGE RICARDO MUÑOZ AGUAYO quien tiene el cinco por ciento de los derechos sociales, declaran, asimismo, que liberan a los socios salientes de toda responsabilidad en relación con la sociedad.-“ debiendo señalar para todos los efectos legales: “TERCERO: Los nuevos socios, luego de las cesiones señaladas en la cláusula precedente, don JUAN JAVIER RIQUELME FLORES, quien adquirió el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y don JORGE RICARDO MUÑOZ AGUAYO quien adquirió el cinco por ciento de los derechos sociales, declaran, asimismo, que liberan a los socios salientes de toda responsabilidad en relación con la sociedad.-“ y; b) CLAUSULA SEXTA, la cual señala: “SEXTO: Declaración de capital. Se hace presente que el capital social se mantiene en la suma de siete millones de pesos sin ser modificado en forma alguna.” Debiendo señalar para todos los efectos legales: “SEXTO: Declaración de capital. Se hace presente que el capital social se mantiene en la suma de quinientos veinticinco mil pesos sin ser modificado en forma alguna”.- Santiago, 6 de Febrero de 2026.