MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora de Alimentos Rojas y Tallman Limitada

RUT 78578100-7 CVE 2768593
Fecha instrumento
26 de enero de 2026
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
26 de enero de 2026
Comuna
Huechuraba

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de enero de 2026, ante mí, don JUAN HUMBERTO ROJAS MORENO, con domicilio en Avenida El Salto 3001, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; doña MYRIAM DE LOS ÁNGELES TALLMAN CARRASCO, con domicilio en Avenida El Salto 3001, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, y don JUAN PABLO ROJAS TALLMAN, con domicilio en Américo Vespucio 2732, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, modifican la sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora De Alimentos Rojas Y Tallman Limitada” o “Rotall Ltda”, constituída por escritura pública de fecha 20 de octubre 1994, otorgada ante la Notaría de Santiago de don Alirio Veloso Muñoz y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 23.740 número 19.335 y publicada en el junio de 1995, otorgada ante la Notaría de don Eduardo J. Diez Morello, inscrita a fojas 16.187 bajo el número 13.227, del año 1995 y, por escritura pública de fecha 18 de julio de 2007 ante la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello, inscrita a fojas 29.809 bajo el número 21.509, ambas modificaciones del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificaciones consisten: Juan Pablo Rojas Tallman vende, cede y transfiere el 30% de los derechos sociales a Juan Humberto Rojas Moreno, quien los compra, acepta y adquiere para sí en el precio de $1.425.000 pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión, don Juan Humberto Rojas Moreno, queda con un 95% de los derechos sociales y doña Miriam De Los Ángeles Tallman Carrasco, con un 5% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2025.-