ABAQUS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2026
- Notario
- Notario Suplente de don Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En virtud de lo anterior, se acuerda reemplazar íntegramente el artículo cuarto de los estatutos, por el siguiente: “Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión; b) la prestación de servicios de canalización de órdenes recibidas de terceros para la compra o venta de valores de oferta pública o instrumentos financieros a sistemas alternativos de transacción, intermediarios de valores o corredores de bolsas de productos; c) realizar todas las actividades que se reputan inherentes a los giros señalados en las letras a) y b) precedentes, así como aquellas que la Comisión para el Mercado Financiero autorice como complementarias a los mismos; y d) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social”. (3) Adicionalmente, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en materias no extractables
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES VILLARROEL SpA | socio | 76497475-1 | — | — | |
| INVERSIONES REYES SpA | socio | 76499352-7 | — | — | |
| INVERSIONES KOVACEVIC SpA | socio | 76497484-0 | — | — | |
| INVERSIONES MACKENZIE SpA | socio | 76499353-5 | — | — | |
| INVERSIONES GELERSTEIN SpA | socio | 76497492-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria de los Angeles Ubilla Santa Cruz, Notario Suplente de don Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Providencia Certifico por Escritura Púbica de fecha 06 de febrero de 2026, repertorio N.º 2.114-2026, ante mí, se redujo el acta celebrada con la misma fecha de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ABAQUS SpA, sociedad inscrita a fojas 82424, número 48104, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en virtud de la cual los únicos y actuales accionistas, INVERSIONES VILLARROEL SpA, Rol Único Tributario Nº 76.497.475-1, INVERSIONES REYES SpA, Rol Único Tributario Nº 76.499.352-7, INVERSIONES KOVACEVIC SpA, Rol Único Tributario Nº 76.497.484-0, INVERSIONES MACKENZIE SpA, Rol Único Tributario 76.499.353-5 e INVERSIONES GELERSTEIN SpA, Rol Único Tributario 76.497.492-1, todos domiciliados para estos efectos en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, acordaron, entre otras materias, lo siguiente: (1) Dejar sin efecto los acuerdos adoptados y que constan en las actas de las Juntas Extraordinarias de Accionistas celebradas con fechas 3 de julio de 2024 y 27 de enero de 2025, reducidas a escritura pública con fecha 3 de julio de 2024 y 28 de enero de 2025, respectivamente, ambas otorgadas en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello. En dichas Juntas se acordó modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, referido al objeto; (2) Asimismo, los accionistas acordaron modificar los estatutos de la sociedad Abaqus SpA, reformulando la cláusula del objeto social. En virtud de lo anterior, se acuerda reemplazar íntegramente el artículo cuarto de los estatutos, por el siguiente: “Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) la prestación de servicios de evaluaciones o recomendaciones a terceros respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión; b) la prestación de servicios de canalización de órdenes recibidas de terceros para la compra o venta de valores de oferta pública o instrumentos financieros a sistemas alternativos de transacción, intermediarios de valores o corredores de bolsas de productos; c) realizar todas las actividades que se reputan inherentes a los giros señalados en las letras a) y b) precedentes, así como aquellas que la Comisión para el Mercado Financiero autorice como complementarias a los mismos; y d) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social”. (3) Adicionalmente, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social. Santiago, 06 de febrero de 2026. Maria de los Angeles Ubilla Santa Cruz. Notario Suplente.