CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SAN VICENTE SpA

RUT 11731129-5 CVE 2767518
Capital
$170.000 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2026
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2026
Repertorio
113-2026
Notario
GLORIA PAREDES DIAZ
Domicilio
Titular Jesus Osses Reveco
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$170.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA PAREDES DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular Jesus Osses Reveco, de la Segunda Notaría de La Serena, con oficio en esta ciudad, en calle Cordovez N° 317, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, repertorio 113-2026, Don CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, egresado de derecho, RUT 11.731.129-5, en representación de don RICARDO ARTURO LALANNE SÁEZ, cedula nacional de identidad número 6.173.191-1, chileno, casado, empresario, domiciliado en Pasaje Cerro Mamalluca N°3.221, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, y don CHRISTIAN RICARDO LALANNE ARANCIBIA chileno, Ingeniero Electrónico, casado con separación de bienes, cedula de identidad número 13.879.621-3, domiciliado en calle Alonso de Córdova N°7.179, departamento N° 113, Las Condes Santiago, quienes con fecha 27 de Junio del año 2025, quienes ante don Jesús Osses Reveco, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, con domicilio en calle Cordovez N° 317, constituyeron por escritura pública Repertorio N°2314-2025, la INMOBILIARIA SAN VICENTE SpA cuyo nombre de fantasía es SAN VICENTE SpA, cuyo extracto fue publicado dentro de plazo en el Diario oficial ejemplar n°44.195 CVE 2670075, sin embargo, ésta sociedad no fue inscrito en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de Quillota, dentro de tiempo. Considerando que el vicio formal de la falta de inscripción en tiempo en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de Quillota, el cual constituye un vicio formal que afectan a la constitución de la misma, el compareciente viene en sanear dicho vicio de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Ley 19.499, ratificando íntegramente todos los pactos acordados en la escritura constitutiva. El capital de la sociedad es la suma de $170.000.000 de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 13 de enero de 2026.