Inmobiliaria e Inversiones Chiñigue Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 19203
- Notario
- Abogado
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $960.502 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la 45° Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos N°979, piso 7, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 17 de diciembre de 2025, bajo el Repertorio Nº19.203 – 2025, Luis Felipe Gana De Landa, María Isabel Figueroa Echeverría, Felipe del Sagrado Corazón Gana Figueroa, María Isabel Gana Figueroa, María Jesús Gana Figueroa, Santiago Arturo Gana Figueroa, María Teresa Gana Figueroa, María Angélica Gana Figueroa, Inversiones GF Limitada e Inversiones El Yunque Limitada, todos con domicilio para estos efectos en Santiago, Avenida Apoquindo N°3.500, piso 10, comuna de Las Condes; modificaron la sociedad denominada Inmobiliaria e Inversiones Chiñigue Limitada de la siguiente manera: Uno) En primer lugar, dejaron constancia de la nueva composición de socios de la compañía, señalando que, por escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ignacio San Martín Schröder, con fecha 11 de diciembre de 2025, don Luis Felipe Gana De Landa y doña María Isabel Figueroa Echeverría aportaron la totalidad de los derechos en plena propiedad y en nuda propiedad que poseían en Inmobiliaria e Inversiones Chiñigue Limitada, a la sociedad denominada Inversiones GF Limitada; y, que por escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ignacio San Martín Schröder, con fecha 11 de diciembre de 2025, don Felipe del Sagrado Corazón Gana Figueroa, doña María Isabel Gana Figueroa, doña María Jesús Gana Figueroa, don Santiago Arturo Gana Figueroa, doña María Teresa Gana Figueroa, y doña María Angélica Gana Figueroa aportaron la totalidad de los derechos en plena propiedad y en usufructo que poseían en Inmobiliaria e Inversiones Chiñigue Limitada, a la sociedad denominada Inversiones El Yunque Limitada. Dos) Como consecuencia de lo anterior, los actuales socios de la compañía, esto es, Inversiones GF Limitada e Inversiones El Yunque Limitada, acuerdan reemplazar el texto de la cláusula cuarta del estatuto vigente de Inmobiliaria e Inversiones Chiñigue Limitada, eliminando las referencias a los porcentajes, y expresando el capital social sólo en pesos, como sigue: “Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de $960.502, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en dinero en efectivo o mediante el aporte de bienes muebles incorporales, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a Inversiones GF Limitada, la plena propiedad de derechos sociales representados por una cuota en el capital social ascendente a la suma de $211.310, y, la nuda propiedad de derechos sociales representados por una cuota en el capital social ascendente a la suma de $691.562; y b) a Inversiones El Yunque Limitada, la plena propiedad de derechos sociales representados por una cuota en el capital social ascendente a la suma de $57.630, y, la totalidad del derecho de usufructo sobre los derechos sociales que en nuda propiedad corresponden a Inversiones GF Limitada, usufructo que se otorgó por el plazo de 5 años contados desde el 17 de abril de 2023.”. Santiago, 02 de enero de 2026.