Comercializadora y Distribuidora EFC SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2026
- Repertorio
- 1612-2026
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto social será: a) Compra, Venta, Inversión, Importación, Exportación, Distribución, Arriendo, Subarriendo, Leasing y todo tipo de acopio de suplementos alimenticios, sin ser excluyente de proteínas, barras energéticas, vitaminas, batidos, ropa, calzado y artículos deportivo, en general; b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; c) Realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden; d) La celebración de toda clase de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sea que se encuentren domiciliadas dentro o fuera del país, y en general la realización de actividades comerciales que los accionistas acuerden llevar a cabo, sea que estén relacionadas o no con las especificadas; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; g) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas; h) Venta al por menos de flores, plantas, árboles, semillas y abonos en comercios especializados o cualquier actividad que tenga que ver con paisajismo.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de enero de 2026, bajo el repertorio N°1612-2026, ante mí, TOMÁS SANTIAGO BECERRA ROJAS, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones quinientos veintiocho mil quinientos cuarenta y dos guion uno, domiciliado para estos efectos en calle Augusto Leguía Sur número setenta y nueve, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, mayor de edad, quien acredita su identidad con la exhibición de la cédula antes citada y expone: Que debidamente facultado, vino en reducir a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, declarando que se encuentra firmada por la persona que en ella se indica y que es del siguiente tenor: don Felipe Ignacio González Navarro, en su calidad de titular exclusivo de los derechos, acciones e interés de la sociedad “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA EFC SpA”, viene en modificar el objeto de la sociedad, contenido en el artículo cuarto de los Estatutos Sociales que constan de la escritura pública de fecha trece de abril de dos mil dieciséis, otorgada ante el Notario Público Interno de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago don Juan Ignacio Carmona Zúñiga, inscrita a fojas veintiséis mil seiscientos noventa y cuatro, número catorce mil novecientos treinta y cuatro del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil dieciséis y publicada en el Diario Oficial el día dieciséis de abril del año dos mil dieciséis con el código de verificación un millón dieciséis mil treinta y siete, agregando el literal h) que indica: “h) Venta al por menos de flores, plantas, árboles, semillas y abonos en comercios especializados o cualquier actividad que tenga que ver con paisajismo.”, y enlistando los subsecuentes objetos a partir de la letra h), por lo que el artículo cuarto de los Estatutos Sociales pasa a tomar el siguiente texto definitivo: “Artículo cuarto. Objeto. El objeto social será: a) Compra, Venta, Inversión, Importación, Exportación, Distribución, Arriendo, Subarriendo, Leasing y todo tipo de acopio de suplementos alimenticios, sin ser excluyente de proteínas, barras energéticas, vitaminas, batidos, ropa, calzado y artículos deportivo, en general; b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) Realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden; d) La celebración de toda clase de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sea que se encuentren domiciliadas dentro o fuera del país, y en general la realización de actividades comerciales que los accionistas acuerden llevar a cabo, sea que estén relacionadas o no con las especificadas; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; g) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas; h) Venta al por menos de flores, plantas, árboles, semillas y abonos en comercios especializados o cualquier actividad que tenga que ver con paisajismo.”. CAPITAL SOCIAL. El capital social no sufre modificaciones manteniendo la suma de un millones de pesos, al igual que en su constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2026.-