CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Deli Fresh SpA

CVE 2766516
Fecha instrumento
30 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2026
Repertorio
721-2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna Lo Barnechea, domiciliado en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 30 de enero del año 2026, Repertorio 721 - 2026, ante mi suplente doña Rose Marie Muñoz Álvarez, la sociedad denominada Inversiones e Inmobiliaria San José Limitada, don Nicolás Pérez Zañartu y don José Antonio Pérez Zañartu, constituyeron la sociedad por acciones denominada Deli Fresh SpA. El objeto de la sociedad es: a) la fabricación, elaboración, producción, transformación, importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución y transporte, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios, tales como sándwiches, confites, postres, snacks, bebidas analcohólicas, cafés, jugos, helados, pan, pastas, galletas, golosinas, congelados, productos de cocktail, empanadas, masas, lácteos y abarrotes en general; b) la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor y al por menor, de toda clase de bebidas alcohólicas, licores, vinos, cervezas y cigarrillos; c) la instalación, explotación, administración y arrendamiento de establecimientos de comercio tales como restaurantes, fuentes de soda, bares, pubs, cafeterías, salones de té, discotecas, botillerías, supermercados, minimercados, depósitos de bebidas alcohólicas y bodegas distribuidoras; d) la venta de artículos de regalo, bazar y paquetería. La sociedad podrá realizar las actividades anteriores de forma presencial o a distancia, a través de medios electrónicos, internet, plataformas digitales, aplicaciones móviles o cualquier otro medio tecnológico actual o futuro, así como también todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. El capital de la sociedad es la suma de doscientos mil pesos, dividido en doscientas mil acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La administración, representación y uso del nombre o razón social corresponderán separada e indistintamente a don José Antonio Pérez Salinas, a don Nicolás Pérez Zañartu y a don José Antonio Pérez Zañartu. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de febrero de 2026.