Comunicaciones y Publicidad Punto G Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio social en la ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (a) la producción, compraventa, arrendamiento y comercialización en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o de terceros, de obras cinematográficas, videos, material audiovisual, programas radiales o televisivos, directamente o contratando con terceros su emisión y bajo su responsabilidad, y en general todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con los medios de comunicación; (b) el estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; (c) la inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios e inmuebles de todas las clases, como asimismo, la explotación y administración de dichas inversiones, por cuenta propia o ajena; (d) la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie, incluyendo materias legales, económicas, financieras, contables, tesorería, recursos humanos y de manejo, organización y)o administración de empresas en general. Además podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que se relacionen directa o indirectamente con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: que por escritura pública de fecha 22 de enero de 2026, otorgada ante Juan Francisco Alamos Ovejero, Divisadero, Comercial, Inversiones y Asesorías Limitada, domiciliado para esos efectos en Antumalal N° 6.652, comuna de Vitacura, Santiago, Ginebra Asesorías Limitada, domiciliada para esos efectos en Avenida Vitacura N° 2.939, oficina 701, comuna de Vitacura, Santiago e Inversiones Palo Alto Limitada, domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura N° 2.939, oficina 701, comuna de Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de “Comunicaciones y Publicidad Punto G Limitada”, acordaron transformarla en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Comunicaciones y Publicidad Punto G SpA” Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) la producción, compraventa, arrendamiento y comercialización en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o de terceros, de obras cinematográficas, videos, material audiovisual, programas radiales o televisivos, directamente o contratando con terceros su emisión y bajo su responsabilidad, y en general todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con los medios de comunicación; (b) el estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; (c) la inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios e inmuebles de todas las clases, como asimismo, la explotación y administración de dichas inversiones, por cuenta propia o ajena; (d) la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie, incluyendo materias legales, económicas, financieras, contables, tesorería, recursos humanos y de manejo, organización y/o administración de empresas en general. Además podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Domicilio: La sociedad tiene su domicilio social en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de poder establecer en otros lugares, dentro y fuera del país, sucursales y agencias, bodegas u otras dependencias. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado íntegramente por los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador este extracto para legalización. Santiago, 4 de febrero de 2026.-