COMERCIAL Y TRANSPORTES MAR OCEANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2026
- Repertorio
- 124-26
- Notario
- JOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES
- Oficio
- Segunda Notaría de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Sociedad
- Capital
- $24.000.000 CLP
- Domicilio
- - Punta Arenas
- Duración
- 5 años a contar fecha presente escritura. prorrogable, tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. En caso fallecimiento, ausencia o impedimento de uno de los socios administradores, la administración estará a cargo del sobreviviente, presente o no impedido y de la socia FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ quien actuando en la forma indicada en la cláusula QUINTA, representará a la sociedad con las facultades y limitaciones que allí se señalan
Objeto social
- Transporte y fletamento carga en general de cualquier tipo que sea, por vía aérea, terrestre o marítima; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución todo tipo bienes, productos y mercaderías en general; abastecimiento y proveeduría naves, barcos y artefactos navales por cuenta propia o ajena y todo otro negocio socios acuerden llevar a cabo
Administración
- Representación legal y uso razón social corresponderá socios RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC e ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, actuando conjunta o separadamente cualquiera ellos. LIMITACIONES: Se requerirá actuación conjunta ambos socios administradores, para enajenar, gravar o hipotecar bienes raíces sociales, pedir y aceptar adjudicaciones bienes raíces; constituir sociedades, modificarlas, prorrogarlas, ponerlos término, constituir a la sociedad en fiadora y)o codeudora solidaria, delegar en tercero ajeno a sociedad las facultades de administración, autocontratar. Estará expresamente prohibido constituir a la sociedad en fiadora solidaria para garantizar operaciones personales de los socios o ajenas al objeto y negocios sociales, salvo autorización expresa de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Punta Arenas, con oficio en esta ciudad, en calle Presidente Federico Errázuriz N° 877, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16 de enero de 2026, Repertorio N°124-26, ante mí, los señores RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC, Rut 8.920.351-1, este domicilio, Enrique Abello N° 01249; ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, Rut. 19.423.801-0 y FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ, Rut 22.080.075-K, ambas este domicilio, Altos del Bosque N° 01979; modificaron y otorgaron texto refundido sociedad COMERCIAL Y TRANSPORTES MAR OCEANO LIMITADA o MAR OCEANO LTDA., constituida escritura pública 15 Marzo 1993, notario esta ciudad Jorge Patricio Saa Diaz, inscrita fs. 205 N° 121 Registro Comercio Magallanes año 1993. La sociedad ha sufrido siguientes modificaciones: a) Por escritura pública 23 Agosto de 1995, otorgada notario esta ciudad, José Vergara Villarroel, inscrita extracto fs. 446 vta. N°252 Registro Comercio Magallanes año 1995; b) Por escritura pública 02 Agosto 2001, otorgada notario esta ciudad Horacio Silva Reyes, inscrita extracto fs. 355 vta. N° 194 Registro Comercio Magallanes año 2001; y c) Por escritura pública fecha 05 Enero 2006, otorgada notario esta ciudad José Vergara Villan-oel, inscrita extracto fs. 69 vta. N° 69 Registro Comercio Magallanes año 2006. FALLECIMIENTO.- 30 Marzo 2021 falleció esta ciudad socio JAVIER ARNOLDO MUÑOZ MARTINEZ, concediéndose posesión efectiva favor cónyuge KARIN PAMELA GOMEZ FILIPIC, hijas ISIDORA KATALINA y FLORENCIA IGNACIA, ambas MUÑOZ GOMEZ, Resolución Exenta N° 338, 13 Febrero 2023,Director Regional Registro Civil Punta Arenas inscrita fs. 785 N°1274 Registro Propiedad Conservador de Bienes Raíces Punta Arenas 2023. FALLECIMIENTO.- 25 Junio 2022 falleció esta ciudad socia KARIN PAMELA GOMEZ FILIPIC, concediéndose posesión efectiva a sus hijas ISIDORA KATALINA y FLORENCIA IGNACIA, ambas MUÑOZ GOMEZ, Resolución Exenta N° 337 de 13 Febrero 2023, del Director Regional Registro Civil e Identificación esta ciudad, inscrita fs. 786 vta. N° 1.277 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Punta Arenas, año 2023. Conforme lo anterior, herederas de socios fallecidos, ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ y FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ, con expreso consentimiento y aceptación socio RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC, vienen en incorporarse como nuevas socias de COMERCIAL Y TRANSPORTES MAR OCEANO LIMITADA, en proporción porcentajes participación haber social que correspondían a sus causantes. Se modifica el pacto social sentido eliminar cualquier alusión a socios fallecidos JAVIER ARNOLDO MUÑOZ MARTINEZ v KARIN PAMELA GOMEZ FILIPIC. SOCIOS Y PARTICIPACIÓN.- Quedan como únicos socios de COMERCIAL Y TRANSPORTES MAR OCEANO LIMITADA, o MAR OCEANO LTDA. RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC, 50% haber social; ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, 25% haber social; y FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ, 25% haber social. MODIFICACION.- Socios común acuerdo, modifican administración y uso razón social en sentido que de aquí en adelante, ella corresponderá a los socios RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC e ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente cualquiera de ellos, con facultades y limitaciones que se indican. MODIFICACION.- Se modifica cláusula undécimo pacto social referida fallecimiento de uno de los socios. MODIFICACION.- Se modifica además la cláusula duodécimo del pacto social referida al fallecimiento del representante legal. TEXTO REFUNDIDO.- Atento ingreso nuevas socias, partes acuerdan otorgar un texto refundido que contenga el nuevo pacto social, declarando que la sociedad así pactada es continuadora de COMERCIAL Y TRANSPORTES MARA OCENO LIMITADA o MAR OCEANO LTDA., haciendo suyo el activo y pasivo de la misma y todas las obligaciones que le corresponden de cualquier carácter que fueren. CONSTITUCION.- Señores_RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC, comerciante, Rut 8.920.351-1, este domicilio, Enrique Abello N° 01249; ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, ingeniero comercial, Rut 19.423.801-0 y FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ, estudiante, Rut 22.080.075-K, ambas este domicilio, Altos del Bosque 09797, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada COMERCIAL Y TRANSPORTES MAR OCEANO LIMITADA, nombre fantasía MAR OCEANO LTDA. DOMICILIO.- Punta Arenas, sin perjuicio agencias o sucursales en otras ciudades del país. OBJETO.- Transporte y fletamento carga en general de cualquier tipo que sea, por vía aérea, terrestre o marítima; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución todo tipo bienes, productos y mercaderías en general; abastecimiento y proveeduría naves, barcos y artefactos navales por cuenta propia o ajena y todo otro negocio socios acuerden llevar a cabo. CAPITAL.-$24.000.000, que socios aportan y enteran: a) RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC, aporta $12.000.000, equivalentes 50% haber social, ingresados caja social actos anteriores; b) ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, aporta $6.000.000.-, equivalentes 25% haber social, ya ingresados a la caja social actos anteriores a este; y c) FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ, aporta $6.000.000.- equivalentes 25% por ciento haber social, ya ingresados caja social actos anteriores. ADMINISTRACIÓN.- Representación legal y uso razón social corresponderá socios RICARDO IVAN GOMEZ FILIPIC e ISIDORA KATALINA MUÑOZ GOMEZ, actuando conjunta o separadamente cualquiera ellos. LIMITACIONES: Se requerirá actuación conjunta ambos socios administradores, para enajenar, gravar o hipotecar bienes raíces sociales, pedir y aceptar adjudicaciones bienes raíces; constituir sociedades, modificarlas, prorrogarlas, ponerlos término, constituir a la sociedad en fiadora y/o codeudora solidaria, delegar en tercero ajeno a sociedad las facultades de administración, autocontratar. Estará expresamente prohibido constituir a la sociedad en fiadora solidaria para garantizar operaciones personales de los socios o ajenas al objeto y negocios sociales, salvo autorización expresa de los socios. PROHIBICIÓN: Queda prohibido a socios prestar fianzas y comprometer a la Sociedad en negocios ajenos al interés social o a favor de terceros. DURACIÓN: 5 años a contar fecha presente escritura. prorrogable, tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. En caso fallecimiento, ausencia o impedimento de uno de los socios administradores, la administración estará a cargo del sobreviviente, presente o no impedido y de la socia FLORENCIA IGNACIA MUÑOZ GOMEZ quien actuando en la forma indicada en la cláusula QUINTA, representará a la sociedad con las facultades y limitaciones que allí se señalan. Otras estipulaciones escritura extractada. Punta Arenas, 30 de enero de 2026.