Automotriz Magic Motors Limitada
Instrumento
- Repertorio
- 9110-2026
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaria de La Reina
- Comuna
- La Reina
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Luis Esteban Rivera Zúñiga, en adelante denominado como el “Administrador”, quien la ejercerá, actuando por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado. El Administrador, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que guarden relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines”. En todo lo no modificado, continúa vigente pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 02 de febrero del 2026, repertorio N° 9110-2026, ante mí, LUIS ESTEBAN RIVERA ZÚÑIGA, la sociedad EL ASADOR CHILE SPA, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Al Cerro Lote uno A, Parcela diecinueve, Liray, comuna de Colina, Región Metropolitana, y la sociedad IMPORTACIONES TRANSPORTES E INVERSIONES GOLDENEYE SpA, domiciliada en Camino Mirasol N°1.393, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Automotriz Magic Motors Limitada”. La modificación consiste en: A) IMPORTACIONES TRANSPORTES E INVERSIONES GOLDENEYE SpA, a través de su representante, vende, cede y transfiere el 50% del total de los derechos sociales, a LUIS ESTEBAN RIVERA ZÚÑIGA, el que compra, adquiere y acepta para sí, los derechos referidos en el precio y forma indicados en la escritura extractada. Como resultado de la cesión y venta de derechos, IMPORTACIONES TRANSPORTES E INVERSIONES GOLDENEYE SpA se retira de la sociedad, y don LUIS ESTEBAN RIVERA ZÚÑIGA ingresa a ella; B) Modificar la administración de la sociedad, estableciendo una nueva forma de administración; y C) En virtud de lo anterior, se modifican los artículos tercero y parte del artículo quinto de los estatutos, quedando como sigue: “Tercero: Capital y Responsabilidad de los Socios: El capital social es la suma de diez millones de pesos, que se aporta y entera por los socios en la siguiente forma: (a) EL ASADOR CHILE SPA, aporta y paga íntegramente en la caja social la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y (b) don LUIS ESTEBAN RIVERA ZÚÑIGA aporta y paga íntegramente en la caja social la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social.”, “Quinto: Administración y uso de la Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Luis Esteban Rivera Zúñiga, en adelante denominado como el “Administrador”, quien la ejercerá, actuando por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado. El Administrador, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que guarden relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines”. En todo lo no modificado, continúa vigente pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de febrero del 2026.