MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JORGE CASTAÑEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77273410-7 CVE 2766354
Fecha instrumento
23 de enero de 2026
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2026
Comuna
Huechuraba

Objeto social

desarrollo la actividad minera, por sí o cuenta ajena, exploración y)o explotación yacimientos mineros cuenta propia o ajena, beneficio y)o compraventa minerales; ventas al por mayor y menor de minerales no ferrosos; así como, importación y)o exportación, desde Chile hacia extranjero y viceversa; así como, realización inversiones mineras en Chile o extranjero, en empresas mineras, pudiendo adquirir bienes corporales o incorporales, minerales, valores mobiliarios, bonos, acciones y debentures, derechos, cuotas o participaciones cualquiera sociedad o asociación minera, pudiendo celebrar actos y contratos conduzcan cumplimiento objeto, incluso formar sociedades y administrarlas; y, cualquier actividad relacionada, actualidad o futuro. Explotar, reconocer, prospectar, investigar y explotar toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, producir y procesar minerales, denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; explotar sus yacimientos mineros u otros y sus anexos; para estos efectos podrán instalar y operar plantas de beneficio y tratamientos de los productos que de ellos se extraigan, venderlos o vender estos sin beneficiarios previamente, importar o exportar minerales u otros bienes, comprar, vender, transportar, comercializar, de cualquier forma, toda clase de sustancias y de productos minerales, celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, explotación, hipoteca, avio u opciones respecto de pertenencias o derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título, y en general, celebrar y ejecutar todos los actos y contratos, de todo tipo, encaminados a la consecución de los objetivos señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada el 23 de enero de 2026, ante mí, Rodrigo Gonzalo Castañeda Rodríguez y Yasna Dulia Flores Villalobos, ambos con domicilio en calle Alfredo Rosende 760, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificaron JORGE CASTAÑEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA -constituida por escritura pública otorgada el 31 de marzo de 1990 ante Notario de Santiago Félix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 8.572 número 6.859 año 1999 y se publicó en el Diario Oficial de 22 de abril de 1999- en siguiente sentido: Objeto: desarrollo la actividad minera, por sí o cuenta ajena, exploración y/o explotación yacimientos mineros cuenta propia o ajena, beneficio y/o compraventa minerales; ventas al por mayor y menor de minerales no ferrosos; así como, importación y/o exportación, desde Chile hacia extranjero y viceversa; así como, realización inversiones mineras en Chile o extranjero, en empresas mineras, pudiendo adquirir bienes corporales o incorporales, minerales, valores mobiliarios, bonos, acciones y debentures, derechos, cuotas o participaciones cualquiera sociedad o asociación minera, pudiendo celebrar actos y contratos conduzcan cumplimiento objeto, incluso formar sociedades y administrarlas; y, cualquier actividad relacionada, actualidad o futuro. Explotar, reconocer, prospectar, investigar y explotar toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, producir y procesar minerales, denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; explotar sus yacimientos mineros u otros y sus anexos; para estos efectos podrán instalar y operar plantas de beneficio y tratamientos de los productos que de ellos se extraigan, venderlos o vender estos sin beneficiarios previamente, importar o exportar minerales u otros bienes, comprar, vender, transportar, comercializar, de cualquier forma, toda clase de sustancias y de productos minerales, celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, explotación, hipoteca, avio u opciones respecto de pertenencias o derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título, y en general, celebrar y ejecutar todos los actos y contratos, de todo tipo, encaminados a la consecución de los objetivos señalados. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 27 de enero de 2026.