MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES NOSTRA LABOR SpA

RUT 77513736-3 CVE 2766201
Capital
$527.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de enero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2026
Repertorio
1766-26
Notario
MARY CARMEN ENCINA LORCA
Domicilio
doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$527.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, prorrogable periodos iguales, según escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) La compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, explotación y administración por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes raíces agrícolas y urbanos, bienes muebles, derechos y otros bienes similares; b) La construcción habitacional y comercial, como también la mantención, reparación, ampliación y demás operaciones afines relacionadas con dichas obras. También comprenderá la construcción de obras destinadas a actividades deportivas, industriales, agrícolas, tales como bodegas, almacenes, toneles, etc. Para la realización de su objeto podrá adquirir y vender materiales de construcción, así como bienes inmuebles. Podrá también celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, ejecutar actos comerciales de este giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines; c) Efectuar inversiones y corredurías, de negocios de construcción y venta de bienes raíces y muebles, y en general efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias o relacionadas con bienes raíces o similares; d) La realización de toda clase de inversiones en cualquier rubro, bienes mobiliarios e inmobiliarios, valores y otros similares, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora. La sociedad podrá realizar cualquier acto, gestión o negociación que acuerden los socios, relacionados o no con el

Administración

Inés Cristina González Sierra, con amplias facultades, según consta en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARY CARMEN ENCINA LORCA, Notario Público suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la 11ª Notaria de Santiago, con oficio en Rosario Norte N°555, oficina 201, Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de Enero 2026, repertorio 1766-26, ante mí, EDGAR CUSTODIO TORRES VALDEBENITO, domiciliado en Morandé 835 of. 1026, Santiago, Región Metropolitana e INVERSIONES JASPER SPA, domiciliada en Padre Mariano 10 of. 1103, Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES NOSTRA LABOR SpA, según libro de accionistas que se tuvo a la vista, inscrita a fojas 2510 número 1157 del Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago del año 2022, acordaron: /1/ Transformar la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES NOSTRA LABOR SpA, en una sociedad de responsabilidad limitada con efecto desde la presente escritura; /2/ Aprobar los Estatutos Sociales de la sociedad transformada, cuyo extracto es del siguiente tenor: Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES NOSTRA LABOR LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, explotación y administración por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes raíces agrícolas y urbanos, bienes muebles, derechos y otros bienes similares; b) La construcción habitacional y comercial, como también la mantención, reparación, ampliación y demás operaciones afines relacionadas con dichas obras. También comprenderá la construcción de obras destinadas a actividades deportivas, industriales, agrícolas, tales como bodegas, almacenes, toneles, etc. Para la realización de su objeto podrá adquirir y vender materiales de construcción, así como bienes inmuebles. Podrá también celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, ejecutar actos comerciales de este giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines; c) Efectuar inversiones y corredurías, de negocios de construcción y venta de bienes raíces y muebles, y en general efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias o relacionadas con bienes raíces o similares; d) La realización de toda clase de inversiones en cualquier rubro, bienes mobiliarios e inmobiliarios, valores y otros similares, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora. La sociedad podrá realizar cualquier acto, gestión o negociación que acuerden los socios, relacionados o no con el objeto social. Capital: $527.000.000.- aportado y pagado íntegramente en la siguiente proporción: Uno) don Edgar Custodio Torres Valdebenito la suma de $5.270.000, que aportó con anterioridad a este acto ya ingresado en caja social, equivalente 1% derechos sociales y capital social; y Dos) Inversiones Jasper SpA la suma de $521.730.000, que aportó con anterioridad a este acto ya ingresado en caja social, equivalente 99% derechos sociales y capital social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad legal al monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social: Inés Cristina González Sierra, con amplias facultades, según consta en escritura extractada. Duración: 5 años, prorrogable periodos iguales, según escritura. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de febrero de 2026.-