CONSTRUCTORA L TRES SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2026
- Notario
- JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER
- Comuna
- Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, piso séptimo, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 27 de enero de 2026, ante mi, bajo el repertorio número 1986-2026, doña Isidora Álvarez Scheuch, con domicilio para estos efectos en Av. Vitacura 2939, oficina 701, Las Condes, redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONSTRUCTORA L TRES SpA, celebrada ante mi, con fecha 16 de enero de 2026, en la que se acordó aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la cantidad de $1.500.000 dividido en 1.500 acciones de iguales características. Esto es, el capital social aumentó en la cantidad de $500.000 mediante la emisión de 500 nuevas acciones de pago de iguales características que las existentes, las cuales deberán ser suscritas y pagadas a más tardar el día 30 de junio de 2029. En el mismo acto se aprobó un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad, del cual se extracta: Nombre o Razón Social: El nombre de la sociedad es “CONSTRUCTORA L TRES SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (i) el estudio, proyecto, dirección, construcción, mantenimiento, y representación de obras públicas o privadas, civiles, industriales, eléctricas, de gas, agua, telefonía, computación, navales, mineras, de ingeniería, paisajismo, y arquitectura en general; (ii) la realización de todo tipo de construcción públicas o privadas y la mantención de estas, y ejecución de obras civiles mayores como construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, ferrocarriles, obras hidrográficas y obras de similar o análoga naturaleza; (iii) asesorías profesionales de Arquitectura y Diseño; (iv) la fabricación, compra, venta, arriendo, permuta, importación y exportación de artículos de decoración y mobiliario en general; (v) la explotación, compra, venta, arrendamiento, ya por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos, como asimismo, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, y percibir e invertir los frutos de las inversiones; y (vi) podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.500.000, dividido en 1.500 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga en los siguientes términos: (i) la cantidad de $1.000.000 correspondiente a 1.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a la fecha; y (ii) la cantidad de $500.000 correspondiente a 500 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, deberán ser suscritas y pagadas a más tardar el día 30 de junio de 2029. Se tuvo a la vista el registro de accionistas respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 29 de enero de 2025.