MARINÉ DURANDEAU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en comuna de Lo Barnechea, domicilio Avda. La Dehesa N°1201, Loc. 101, Lo Barnechea, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de enero de 2026, ante mi suplente doña Rose Marie Muñoz Alvarez, comparece: LEOPOLDO ARIO FERNANDO MARINÉ MASSA, MARÍA DANIELA DURANDEAU STEGMANN, SOPHIE ANTONIA MARINÉ DURANDEAU, MAXIMILIANO LEOPOLDO MARINÉ DURANDEAU, y doña MARTINA PASCALE MARINÉ DURANDEAU, todos domiciliados en Camino del Olivar N°1382, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad “MARINÉ DURANDEAU LIMITADA” que se constituyó por escritura pública de 12 de septiembre de 2013 otorgada ante Germán Rousseau Del Río, Notario Reemplazante del Titular de la 22a Notaría Santiago, Humberto Santelices Narducci, extracto inscrito a fs. 75.376 N°49.671 del Registro de Comercio de Santiago, 2013 y publicó en el Diario Oficial N°40.674 , el 04 octubre de 2013; En este acto modifican en el siguiente sentido; a) La socia MARÍA DANIELA DURANDEAU STEGMANN y el socio LEOPOLDO ARIO FERNANDO MARINÉ MASSA, venden, ceden y transfieren a doña MARTINA PASCALE MARINÉ DURANDEAU, cada uno, el 2% por ciento de sus derechos sociales, equivalentes en el total de derechos de la sociedad al 4%, por la suma de $20.000.000, a pagarse en la forma señalada en la escritura. b) Acuerdan sustituir cláusula 5ª. del estatuto social manteniendo capital social en $1.000.000 aportado y pagado, de los cuales don LEOPOLDO ARIO FERNANDO MARINÉ MASSA, con un 44% de los derechos sociales, MARÍA DANIELA DURANDEAU STEGMANN con un 44% de los derechos sociales, doña MARTINA PASCALE MARINÉ DURANDEAU con un 4% de los derechos sociales, SOPHIE ANTONIA MARINÉ DURANDEAU con un 4% de los derechos sociales, y MAXIMILIANO LEOPOLDO MARINÉ DURANDEAU con un 4% de los derechos sociales. En todo lo no modificado rigen íntegramente estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2026.