INMOBILIARIA EL CARMEN SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2026
- Repertorio
- 176-2026
- Notario
- LUIS GONZALO ALI ARCAS
- Oficio
- Primera Notaría de Los Angeles
- Comuna
- Los
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GONZALO ALI ARCAS, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Los Angeles, con oficio en calle Lautaro número 325, oficinas 4 y 5 , certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 22 de enero de 2026, repertorio N° 176-2026, ante mí, se constituyó una sociedad por acciones por doña CLAUDIA ANDREA VILLIGER TORRES, CI. 11.906.583-6, don JOSE TOMAS JARPA VILLIGER, CI. 21.804.565-0, y doña CATALINA IGNACIA UGALDE VILLIGER, CI. 19.379.820-9, todos domiciliados en calle Las Nieves número 651, de la ciudad y comuna de Los Ángeles; los comparecientes, vienen en constituir una sociedad por acciones, de acuerdo con las estipulaciones del Estatuto que se extracta. El nombre o razón social de la sociedad será "INMOBILIARIA EL CARMEN SpA." pudiendo obrar ante todo tipo de personas naturales y/o jurídicas, sean de naturaleza pública y/o privada con el nombre de fantasía " EL CARMEN SpA.".- El domicilio de la sociedad se establece en la comuna de Los Ángeles, sin perjuicio de las sucursales, oficinas y/o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero.- El objeto de la sociedad será: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro ; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, y en general todas las actividades, presentes y o futuras, conexas o inconexas que la junta de accionistas determine estén o no comprendidas en el giro anteriormente señalado.- La sociedad comenzará a regir desde el momento del otorgamiento de la presente escritura y su duración será indefinida.- El capital de la sociedad será la cantidad de $10.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas fijas de dichos títulos. La administración y uso de la razón social corresponderá a un DIRECTORIO compuesto a lo menos por 3 miembros, y quien representará a la sociedad en todos sus actos. De esta forma con la firma de un director actuando en forma individual tendrá la administración de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios y tendrán todas las atribuciones para representar a la sociedad, según detalle escritura extractada. Para el ejercicio de facultades que consideren obligaciones por suma superiores a las mil unidades de Fomento, así como para la constitución de Hipotecas, se requerirá la firma conjunta de dos cualesquiera de los directores de la Sociedad.- La sociedad tendrá un Gerente General, que será designado por el Directorio y estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista.- El capital de la sociedad asciende a la suma de $10.000.000 dividido en cien acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan por los accionistas de la siguiente forma: A) La accionista doña CLAUDIA ANDREA VILLIGER TORRES, suscribe 90 acciones societarias, pagando la suma de $9.000.000, en este acto, en dinero efectivo enterándose la suma aludida en la caja social; B) El accionista don JOSE TOMAS JARPA VILLIGER, suscribe 5 acciones societarias, pagando la suma de $500.000, en este acto, en dinero efectivo enterándose la suma aludida en la caja social; C).- La accionista doña CATALINA IGNACIA UGALDE VILLIGER, suscribe 5 acciones societarias, pagando la suma de $500.000, en este acto, en dinero efectivo enterándose la suma aludida en la caja social. A razón de lo anterior se tienen suscritas el total de acciones de la sociedad por parte de los accionistas y pagado completamente la suma de diez millones de pesos, suma que se encuentra incorporada íntegramente en la caja societaria.- El Directorio provisorio de la sociedad estará compuesto por doña CLAUDIA ANDREA VILLIGER TORRES, don JOSE TOMAS JARPA VILLIGER, y doña CATALINA IGNACIA UGALDE VILLIGER; hasta que se nombre uno definitivo o se ratifique el existente en la primera junta de accionistas. De igual forma los Directores nombrados, representarán a la sociedad y la administrarán con todas y cada una de las facultades establecidas en escritura extractada Para todos los efectos derivados de la celebración del presente contrato las partes señalan como su domicilio la ciudad de Los Ángeles, Chile y facultan al portador de copia autorizada de la presente escritura o de un extracto de ella para requerir y firmar las anotaciones, subinscripciones e inscripciones a que haya lugar en el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio respectivo y para efectuar todos los demás trámites necesarios para la total legalización de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura Extractada. - Los Ángeles, 22 de enero de 2026.-