SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES SANTA ELENA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda, 359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública, de 25/11/2025, ante mi suplente Maria de Los Angeles Ubilla Santa Cruz, comparecen don JUAN PABLO GARCIA BENITEZ, empleado, por sí y en representación de: MARÍA FRANCISCA DE LOURDES GARCÍA BENÍTEZ, ingeniero comercial; FELIPE GARCIA BENITEZ, ingeniero agrónomo; RAMON IGNACIO GARCIA BENITEZ, agricultor; CRISTIAN GARCIA BENITEZ, médico veterinario, y, JAIME GARCIA BENITEZ, constructor, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Manquehue N° 977, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago; en calidad de únicos actuales socios; modificaron “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES SANTA ELENA LIMITADA”, Rol Único Tributario N°89.183.300-8, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 16.471, N° 9.436 del Registro de Comercio del año 1982 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; el compareciente por si y por sus representados en su calidad todos ellos de únicos actuales socios de Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Santa Elena Limitada, modificaron la sociedad en los términos que se expresan a continuación: /UNO/ Modifican la cláusula “Quinto”, relativa al capital social cuyo texto se reemplaza por el siguiente: “Quinto: Capital Social. El capital social será la suma de treinta millones de pesos que los socios han aportado con anterioridad a este acto, en dinero efectivo ingresado a la caja social por los montos y participaciones siguientes: /A/ doña María Francisca de Lourdes García Benítez, cinco millones quinientos mil cincuenta pesos equivalentes aproximadamente al dieciocho coma tres mil trescientos treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; /B/ don 2 Juan Pablo García Benítez, cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos noventa pesos equivalentes aproximadamente al dieciséis coma tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; C) Felipe García Benítez, cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos noventa pesos equivalentes aproximadamente al dieciséis coma tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; D) Ramón Ignacio García Benítez, cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos noventa pesos equivalentes aproximadamente al dieciséis coma tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; /E/ Cristian García Benítez, cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos noventa pesos equivalentes aproximadamente al dieciséis coma tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales; y, /F/ Jaime García Benítez, cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos noventa pesos equivalentes aproximadamente al dieciséis coma tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos sociales.”. /DOS/ Modifican la cláusula “Sexto”, relativa a la Administración y Uso de la Razón Social, en el sentido que corresponderá a doña María Francisca De Lourdes García Benítez, a don Juan Pablo Garcia Benítez, y, a don Felipe García Benítez, quienes podrán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos en el desempeño de ellas, con todas las facultades que se mencionan en dicha cláusula quinto. /TRES/ En lo demás, se mantiene plenamente vigente el estatuto social contenido en la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago.19 de enero 2026.