CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES TECHNOMINE SpA

RUT 10982853-K CVE 2764415
Fecha instrumento
23 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2026
Repertorio
1187-2026
Notario
FRANCISCO JOSE HOLLMANN OVALLE
Oficio
51° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JOSE HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la 51° Notaria de Santiago, con oficio en Av. Providencia N° 2600, comuna de Providencia, certifico: Por escritura de fecha 23 de enero de 2026 ante mi, anotada con el Repertorio N° 1187-2026, don PATRICIO JAVIER CÁCERES SAGÜEZ, chileno, casado, ingeniero civil en computación e informática, cédula de identidad número 10.982.853-K, domiciliado en Domingo Faustino Sarmiento doscientos diez, departamento seiscientos dos, comuna de Ñuñoa, constituyó una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en el artículo 424 y siguientes del Código de Comercio y se regirá por los Estatutos que se extractan: nombre o razón social de la sociedad por acciones es "SOCIEDAD DE INVERSIONES TECHNOMINE SpA", teniendo para toda clase de efectos legales, sobre todo comerciales y de fantasía, la designación abreviada de “TECHNOMINE SpA”. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, de las siguientes actividades: La realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales y, en especial, derechos, acciones, bonos, debentures, marcas, patentes y registros y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, depósitos a plazo y demás efectos de comercio, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, sean rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la formación, ingreso o participación en sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera sea la naturaleza u objeto y cualquiera otros actos y negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social que los socios común acuerdo determinen. El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos dividida en tres mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, encontrándose totalmente pagado y suscrito de la forma indicada en el artículo primero transitorio. La administración y representación de la sociedad será ejercida por la persona o las personas que la Junta de Accionistas designe en calidad de administradores. Demás estipulaciones contenidas en escritura extractada.- Santiago, 28 de enero de 2026.-