DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA, CONTRATISTA Y COMERCILIZADORA LIMITADA

RUT 76395603-2 CVE 2764470
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de enero de 2026

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2026
Repertorio
226
Notario
DANIELA ABARZÚA FERNANDEZ
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DANIELA ABARZÚA FERNANDEZ, Abogado, Notario Público, Temuco, Arturo Prat N°815, Suplente del Titular don JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, certifica: Que por escritura pública de fecha 28 de Enero del año 2026, Repertorio N°226, ante mí, don JUAN DIONILO ADRIAN PIZARRO YÉVENES, chileno, divorciado, contratista, cédula nacional de identidad N°10.916.779-7, domiciliado en Camilo Henríquez número ciento noventa y seis, Comuna de Temuco, y doña ELENA JEANNETTE VALDÉS CASTILLO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Ingeniero Constructor, cédula nacional de identidad N°15.258.417-2, con domicilio en Los Jaguares número cero mil trescientos nueve, Comuna de Temuco, acordaron la Disolución de la Sociedad “SOCIEDAD CONSTRUCTORA, CONTRATISTA Y COMERCILIZADORA LIMITADA”, rol único tributario N° 76.395.603-2, constituida por escritura pública de fecha 20 de Enero del año 2014, otorgada ante el Notario Público Titular de la Agrupación de las Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Vilcún, Cunco y Freire, con oficio en Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, anotada al Repertorio bajo el número 354, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 186, número 135, en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del año 2014, en la forma establecida en la escritura extractada, disolución que tiene efecto a contar del día 6 de abril del año 2023, La Sociedad en liquidación no tiene activos ni pasivos que liquidar.- La sociedad se constituyó con un capital de $100.000.000, capital que no ha sufrido modificaciones, realizándose devolución de los aportes en la forma establecida en escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 30 de Enero de 2026.