MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL NORTE REPUESTOS LIMITADA

RUT 77842540-8 CVE 2764845
Capital
$10.000.000 CLP
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Repertorio
9596-2025
Notario
FRANCISCO ARMANDO MARTÍNEZ TORRES
Oficio
Sexta Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO ARMANDO MARTÍNEZ TORRES, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, calle Prat N°470, Local 3, certifica: Que por escritura pública ante el Notario Público Suplente DENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO, con fecha 23 de diciembre del 2025, Repertorio N°9.596-2025, don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO, chileno, casado, transportista, cédula nacional de identidad siete millones ciento setenta y cuatro mil siete guion dos, domicilio en Antofagasta, calle Diaz Gana número novecientos, Edificio El Roble, departamento ciento cuarenta y tres, don SERGIO ANDRES ALVAREZ VILLARROEL, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número quince millones veinte mil doscientos ochenta guion nueve, domiciliado en Antofagasta, calle Rica Aventura número diez mil seiscientos noventa, don FRANCISCO JAVIER ALVAREZ VILLARROEL, chileno, soltero, empleado, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos trece guion ocho, domicilio en calle Díaz Gana número novecientos, departamento ciento cuarenta y tres, Edificio El Roble, Antofagasta, doña MERCEDES ESTER GONZALEZ ALARCÓN, chilena, soltera, administrativa, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos noventa y tres mil quinientos ochenta y dos guion cuatro, domicilio en calle Bellavista número tres mil novecientos cincuenta y cuatro, departamento sesenta y dos, Antofagasta, doña CLAUDIA ANDREA ALVAREZ VILLARROEL, chilena, casada y para los presentes efectos separada parcialmente de bienes conforme lo dispuesto en el artículo ciento cincuenta del Código Civil, empleada, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos catorce mil seiscientos seis guion K, con domicilio en calle Trumao número mil cien, departamento ciento veinticuatro, todos mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con los documentos señalados, exponen: CLAUSULA PRIMERO, ANTECEDENTES: Uno) Con fecha veinticinco de octubre de dos mil dos, don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO, doña CLAUDIA ANDREA ÁLVAREZ VILLARROEL, don SERGIO ANDRÉS ÁLVAREZ VILLARROEL don FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ VILLARROEL, y doña MERCEDES ESTER GONZÁLEZ ALARCÓN, celebraron escritura de constitución de Sociedad Comercial Norte Repuestos Limitada, en la Notaría de Antofagasta de don Luis Horacio Chávez, inscripción que se practicó a fojas ochocientos veintisiete vuelta número seiscientos dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil dos. Dos) Posteriormente con fecha veintisiete de septiembre de dos mil siete en la Notaria de Antofagasta de don Edmundo Devia los socios celebraron escritura de modificación social, instrumento que fue inscrita a fojas mil ciento ocho número novecientos catorce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil siete. Tres) Con fecha cinco de enero del dos mil diez en la Notaria de Antofagasta de don Edmundo Devia se celebró escritura de modificación social la que se inscribió a fojas ciento tres número ochenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil diez. Producto de esta modificación social, queda don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO con el noventa y seis por ciento de los derechos sociales, don FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ VILLARROEL con el dos por ciento de los derechos sociales y doña MERCEDES ESTER GONZÁLEZ ALARCÓN con el otro dos por ciento restante de los derechos sociales. Cuatro) Se celebro con fecha quince de septiembre del dos mil veinticinco en la Notaría de don Francisco Armando Martínez de Antofagasta, escritura de saneamiento, la que se inscribió a fojas mil ochenta y ocho número quinientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil veinticinco. Quinto) Se celebro con fecha siete de noviembre del dos mil veinticinco extracto complementario otorgado en la Notaría de don Francisco Armando Martínez de Antofagasta, el cual se inscribió a fojas mil noventa número seiscientos del Registro de Comercio de Antofagasta del año dos mil veinticinco. Primero Bis: La sociedad tiene por Rol Único Tributario el número setenta y siete millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta guion ocho. CLÁUSULA SEGUNDA, MODIFICACIÓN: En el presente acto, UNO) don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO, dueño de un noventa y seis por ciento de los derechos sociales, vende el cuatro por ciento de sus derechos sociales, a don SERGIO ANDRÉS ÁLVAREZ VILLARROEL, en la suma única y total de ochocientos mil pesos; Dos) don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO, dueño de un noventa y seis por ciento de los derechos sociales, vende el cuatro por ciento de sus derechos sociales, a doña CLAUDIA ANDREA ÁLVAREZ VILLARROEL, en la suma única y total de ochocientos mil pesos; Tres) Don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO, dueño de un noventa y seis por ciento de los derechos sociales, vende el dos por ciento de sus derechos sociales, a don FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ VILLARROEL, en la suma única y total de cuatrocientos mil pesos .Dos) En razón de lo anterior la sociedad queda la sociedad compuesta e integrada de la siguiente manera: Don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO dueño de un ochenta y seis por ciento de los derechos sociales; don SERGIO ANDRES ALVAREZ VILLARROEL dueño de un cuatro por ciento de los derechos sociales; don FRANCISCO JAVIER ALVAREZ VILLARROEL, dueño de un cuatro por ciento de los derechos sociales, doña MERCEDES ESTER GONZALEZ ALARCÓN, dueña de un dos por ciento de los derechos sociales, y doña CLAUDIA ANDREA ALVAREZ VILLARROEL, dueña de un cuatro por ciento de los derechos sociales. CLÁUSULA TERCERA, MODIFICACIÓN: Se modifica cláusula cuarta de escritura de constitución de sociedad, en el sentido que todas y cada una de las facultades descritas en la citada cláusula, podrán ser ejercidas y/o realizadas por don SERGIO GUILLERMO ÁLVAREZ ALFARO en forma individual, o por don SERGIO ANDRES ALVAREZ VILLARROEL y por doña CLAUDIA ANDREA ALVAREZ VILLARROEL, actuando estos dos últimos de forma conjunta.- CLAUSULA CUARTA: Los socios vienen en señalar que en lo no modificado por el presente instrumento, la sociedad continúa en los mismos términos que da cuenta su estatuto social, posteriores modificaciones, complementaciones y saneamientos. Se deja constancia, para efectos de la publicación en el Diario Oficial, que el capital social asciende a la suma de $10.000.000. Demas estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 23 de diciembre del 2025.