Servicios Electromecánicos Quezada y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2026
- Notario
- CÉSAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIÉRREZ
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Sociedad
- Capital
- $2.500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la ejecución y prestación de servicios de ingeniería y servicios industriales, comprendiendo el desarrollo de obras civiles, eléctricas, electromecánicas, de telecomunicaciones e industriales, tanto para el sector público como privado, incluyendo municipalidades, minería e industria. En particular, podrá ejecutar obras civiles mayores y menores, tales como la construcción, montaje y habilitación de galpones, oficinas, bodegas, campamentos, paraderos, pasarelas, plataformas, fundaciones, losas, radieres y estructuras metálicas, así como obras de habilitación e infraestructura asociadas a faenas industriales y mineras. Asimismo, podrá prestar servicios de instalaciones eléctricas en baja, media y alta tensión, incluyendo el montaje, instalación, mantención y puesta en marcha de subestaciones eléctricas, líneas aéreas y subterráneas, tableros eléctricos, sistemas de fuerza, control e iluminación industrial. La sociedad podrá además desarrollar servicios de telecomunicaciones, tales como instalación de fibra óptica, redes de comunicaciones, cableado estructurado, sistemas de datos, control, Circuito Cerrado de Televisión e infraestructura asociada. Igualmente, podrá ejecutar servicios de mantención electromecánica industrial y minera, incluyendo la mantención de bombas sumergibles, sistemas de impulsión y drenaje, equipos y sistemas asociados, así como servicios de apoyo operacional, logística industrial, transporte de materiales y equipos, desmalezamiento y mantención de caminos y áreas operativas, aseo industrial, pintura industrial y vial, señalización y tratamiento de superficies. En general, la sociedad podrá ejecutar toda actividad relacionada directa o indirectamente con la minería, la industria, el sector público y la infraestructura civil, eléctrica y de telecomunicaciones, y celebrar todos los actos y contratos civiles, comerciales, administrativos y financieros que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de su objeto social, dentro del marco legal vigente. Cesión de Derechos. Cristín Meribet Quezada Ojeda vende cede y transfiere a María Angélica Ojeda Sáez, a Domingo Jaime Quezada Abello y a Esteban Alexis Quezada Ojeda, a la primera, el 33,3% de los derechos que esta tenía en la sociedad equivalente a un 5% del total de la misma; al segundo el 33,3% de los derechos que esta tenía en la sociedad equivalente a un 5% del total de la misma y al tercero, el 33,4% de sus derechos equivalentes al 5% del total de la sociedad. En virtud de la cesión de derechos, Cristín Meribet Quezada Ojeda deja de pertenecer a la sociedad, quedando en definitiva en ella los siguientes socios a). Domingo Jaime Quezada Abello con un 60% de participación en los derechos sociales; b). María Angélica Ojeda Sáez con un 20% de participación en los derechos sociales; y, c). Esteban Alexis Quezada Ojeda con un 20% de participación en los derechos sociales. En todo lo no modificado quedan vigentes y plenamente válidas y eficaces las estipulaciones del contrato social constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCÉSAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIÉRREZ, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO INTERINO DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, con oficio calle Caupolicán número 355, Los Ángeles, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2026, Rep. N°277-2026, ante mí; Domingo Jaime Quezada Abello, 2 Oriente Nº 118, Huertos Familiares, Til Til, Región Metropolitana, Cristín Meribet Quezada Ojeda, Los Canelos 2285, Villa Lomas de Santa María, Los Ángeles, María Angélica Ojeda Sáez, 2 Oriente Nº 118, Huertos Familiares, Til Til, Región Metropolitana; y Esteban Alexis Quezada Ojeda, Los Cóndores 13, La Cruz, Valparaíso; modificaron Sociedad responsabilidad limitada, razón social "Servicios Electromecánicos Quezada y Compañía Limitada?; nombre fantasía, "ELECTROMECÁNICA QUEZADA LTDA., constituida por escritura pública de 23 de Mayo del 2011 ante el Notario Público Los Ángeles Selim Parra Fuentealba, RUT 76.147.764-1, inscrita a fojas 425, Nº 289 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Los Ángeles, año 2011, y publicada en el Diario Oficial con fecha 26 de mayo del 2011.- Capital $2.500.000. Modificación Razón Social: Desde esta fecha será "Quezada Ingeniería y Servicios Industriales Limitada?. Nombre de Fantasía "QINZA Industrial Ltda.? Ampliación Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la ejecución y prestación de servicios de ingeniería y servicios industriales, comprendiendo el desarrollo de obras civiles, eléctricas, electromecánicas, de telecomunicaciones e industriales, tanto para el sector público como privado, incluyendo municipalidades, minería e industria. En particular, podrá ejecutar obras civiles mayores y menores, tales como la construcción, montaje y habilitación de galpones, oficinas, bodegas, campamentos, paraderos, pasarelas, plataformas, fundaciones, losas, radieres y estructuras metálicas, así como obras de habilitación e infraestructura asociadas a faenas industriales y mineras. Asimismo, podrá prestar servicios de instalaciones eléctricas en baja, media y alta tensión, incluyendo el montaje, instalación, mantención y puesta en marcha de subestaciones eléctricas, líneas aéreas y subterráneas, tableros eléctricos, sistemas de fuerza, control e iluminación industrial. La sociedad podrá además desarrollar servicios de telecomunicaciones, tales como instalación de fibra óptica, redes de comunicaciones, cableado estructurado, sistemas de datos, control, Circuito Cerrado de Televisión e infraestructura asociada. Igualmente, podrá ejecutar servicios de mantención electromecánica industrial y minera, incluyendo la mantención de bombas sumergibles, sistemas de impulsión y drenaje, equipos y sistemas asociados, así como servicios de apoyo operacional, logística industrial, transporte de materiales y equipos, desmalezamiento y mantención de caminos y áreas operativas, aseo industrial, pintura industrial y vial, señalización y tratamiento de superficies. En general, la sociedad podrá ejecutar toda actividad relacionada directa o indirectamente con la minería, la industria, el sector público y la infraestructura civil, eléctrica y de telecomunicaciones, y celebrar todos los actos y contratos civiles, comerciales, administrativos y financieros que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de su objeto social, dentro del marco legal vigente. Cesión de Derechos. Cristín Meribet Quezada Ojeda vende cede y transfiere a María Angélica Ojeda Sáez, a Domingo Jaime Quezada Abello y a Esteban Alexis Quezada Ojeda, a la primera, el 33,3% de los derechos que esta tenía en la sociedad equivalente a un 5% del total de la misma; al segundo el 33,3% de los derechos que esta tenía en la sociedad equivalente a un 5% del total de la misma y al tercero, el 33,4% de sus derechos equivalentes al 5% del total de la sociedad. En virtud de la cesión de derechos, Cristín Meribet Quezada Ojeda deja de pertenecer a la sociedad, quedando en definitiva en ella los siguientes socios a). Domingo Jaime Quezada Abello con un 60% de participación en los derechos sociales; b). María Angélica Ojeda Sáez con un 20% de participación en los derechos sociales; y, c). Esteban Alexis Quezada Ojeda con un 20% de participación en los derechos sociales. En todo lo no modificado quedan vigentes y plenamente válidas y eficaces las estipulaciones del contrato social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 28 de Enero de 2026.