CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

RUCA DIUCA SpA

CVE 2764613
Capital
$36.452.491 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2026
Notario
JOSE ANDRES PADILLA FLORES
Domicilio
comuna de Carahue

Sociedad

Capital
$36.452.491 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En Carahue, República de Chile, a 29 de enero de 2026, ante mí, JOSE ANDRES PADILLA FLORES, abogado, Notario Público de la comuna de Carahue, certifico: Por escritura pública de fecha 20 DE Enero de 2026, repertoriada con el N°122-2026, otorgada ante mí, compareció doña MARÍA ALEJANDRA LEAL THIERS, chilena, casada, separada totalmente de bienes, dibujante técnico; doña MARÍA EUGENIA LEAL THIERS, chilena, casada en régimen de sociedad conyugal, ingeniera comercial; y don CARLOS ENRIQUE LEAL THIERS, chileno, casado, separado totalmente de bienes, empresario, todos domiciliados en kilómetro ocho, camino Carahue–Nehuentúe, comuna de Carahue, quienes constituyeron una Sociedad por Acciones denominada “RUCA DIUCA SpA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Carahue, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, administración, explotación, tasación y asesoría respecto de bienes inmuebles urbanos y rurales; actividades inmobiliarias y agrícolas; compra, venta, explotación y comercialización de bienes muebles; inversiones y, en general, toda actividad lícita relacionada directa o indirectamente con su giro. Duración: La sociedad comenzó a regir a contar de la fecha de la presente escritura y su duración será indefinida. El capital social es de $36.452.491, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en este acto mediante aporte en especie consistente en un bien inmueble, conforme a su último avalúo fiscal vigente. La administración de la sociedad corresponderá a doña María Alejandra Leal Thiers, quien actuará como Administradora con las más amplias facultades de administración y disposición, conforme a estatutos. Demás estipulaciones constan en la escritura social. Carahue, 29 de enero de 2026.