MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PROMINE Sociedad por Acciones

RUT 76902223-6 CVE 2764591
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2025
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será la adquisición y comercialización de todo tipo de productos e insumos, maquinaria, ferretería industrial y repuestos para la minería, la ejecución de servicios para la minería, el mantenimiento de maquinaria, así como también todo otro negocio, actividad u operación que acuerden los accionistas, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social mencionado. Todo lo anterior, actuando por cuenta propia o por medio de terceros. 2) Vigencia de los estatutos: En todo lo no modificado expresamente en este instrumento, subsisten en su integridad los estatutos sociales señalados en la cláusula primera de esta escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16ª Notaría Santiago, con oficio en calle San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2025, ante mí, JESÚS NICOLÁS PONCE DE LEÓN REYES, domiciliado en avenida Isidora Goyenechea, número tres mil, piso catorce, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, único accionista de la sociedad, modificó PROMINE sociedad por acciones, cuyo cuerpo extracto: 1) ARTÍCULO CUARTO: Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición y comercialización de todo tipo de productos e insumos, maquinaria, ferretería industrial y repuestos para la minería, la ejecución de servicios para la minería, el mantenimiento de maquinaria, así como también todo otro negocio, actividad u operación que acuerden los accionistas, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social mencionado. Todo lo anterior, actuando por cuenta propia o por medio de terceros. 2) Vigencia de los estatutos: En todo lo no modificado expresamente en este instrumento, subsisten en su integridad los estatutos sociales señalados en la cláusula primera de esta escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2025.-