CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Nueva Trancura SpA

RUT 8215914-2 CVE 2764704
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2025
Repertorio
69140-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo 20, número 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la Sociedad podrá obtener rentas de bonos, debentures o títulos de crédito, créditos de cualquier clase, dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen activades en el país, depósitos en dinero, a la vista o a plazo, cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario Nº 8.215.914-2, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2025, repertorio N°69.140- 2025, don JORGE GUSTAVO ROSS AMUNATEGUI, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: NUEVA TRANCURA SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país y/o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo 20, número 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la Sociedad podrá obtener rentas de bonos, debentures o títulos de crédito, créditos de cualquier clase, dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen activades en el país, depósitos en dinero, a la vista o a plazo, cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 29 de enero de 2026.