Lenga Inversiones SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 19793-2025
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que con fecha 29 de diciembre de 2025, anotada bajo el repertorio 19.793-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Lenga Inversiones SpA (la “Junta”), inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 82.126, número 31.117 correspondiente al año 2025 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 29 de diciembre de 2025, en virtud de la cual se acordó aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas, a la cantidad de $1.001.000.000, aumentando el capital en consecuencia en la cantidad de $1.000.000.000 mediante la emisión de 1.000.000 nuevas acciones de pago, de iguales características a las existentes. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.001.000.000, dividido en 1.001.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se han suscrito, y se suscribirán y pagarán de la siguiente forma: i) con la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, íntegramente suscritas con anterioridad al 29 de diciembre de 2025, y que deberán ser pagadas en el plazo de 3 años contados desde el 25 de agosto de 2025, y ii) con la suma de $1.000.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones, cantidad que corresponde al aumento de capital acordado en la Junta, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contado desde la fecha de celebración de la Junta. Se modificaron los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad para reflejar las reformas señaladas. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2026.