MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CLÍNICA DOS SANTOS SpA

RUT 77486447-4 CVE 2764540
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2026
Repertorio
283-2026
Notario
José G Araya Maggi
Oficio
Titular de la 9º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

José G Araya Maggi, Abogado, Notario Público suplente del Titular de la 9º Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos N° 333, Entre Piso, Comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 15-1-2026, otorgada ante mí, el compareciente don RODRIGO ANDRÉS RÍOS GUTIÉRREZ, domiciliado en Puente N°516, oficina 1102, comuna de Santiago, debidamente facultado redujo a escritura pública el acta celebrada con fecha 15-1-2026, Repertorio N°283-2026, de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de “CLÍNICA DOS SANTOS SpA”, Rol Único Tributario N°77.486.447-4, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 9-11-2021, ante don PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9º Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 88.678, bajo el número 40.800 del año 2021. 1) Realizar una modificación a los estatutos en el sentido de reformar el objeto social, modificando lo detallado en la escritura pública de Constitución de sociedad, en el Título Primero, Artículo Cuarto, en lo relativo al objeto social, DONDE DICE: “El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios profesionales de salud, recuperación, rehabilitación, terapias complementarias, y cualesquiera otra actividad profesional vinculada directa o indirectamente con lo anterior pudiendo actuar a través de convenios; b) prestar servicios, asesorías, capacitación, elaborar proyectos, realizar estudios, consultorías, procesamiento, distribución, administración, representación e importación de bienes y tecnología relacionados con sistemas y programas en materias de salud humana; c) desarrollar todas las actividades relacionadas con el sistema de acreditación Chileno del Ministerio de Salud; d) la prestación de servicios de cuidado personal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar centro de estética en la cuales podrá realizar actividades de peluquería, depilación, maquillaje, tratamientos faciales y corporales, manicura, pedicura, tratamientos de dermatología, rayos uva, aplicación de Toxina Botulínica, Ácido Hialurónico, peeling, plasma rico en plaquetas, Microblading, aparatología, Consultas Médicas, baños turcos, sauna, tratamientos médico estéticos; d) el comercio al por mayor y al por menor de artículos de estética; e) la realización de todas aquellas actividades complementarias o conexas al giro principal.“, DEBE DECIR: “El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios médicos en general, servicios de salud, incluidos procedimientos y consultas, la prestación de servicios profesionales de salud tales como recuperación, rehabilitación, terapias complementarias, y cualesquiera otra actividad profesional vinculada directa o indirectamente con lo anterior pudiendo actuar a través de convenios; b) prestar servicios, asesorías, capacitación, elaborar proyectos, realizar estudios, consultorías, procesamiento, distribución, administración, representación e importación de bienes y tecnología relacionados con sistemas y programas en materias de salud humana; c) desarrollar todas las actividades relacionadas con el sistema de acreditación Chileno del Ministerio de Salud; d) la prestación de servicios de cuidado personal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar centro de estética en la cuales podrá realizar actividades de peluquería, depilación, maquillaje, tratamientos faciales y corporales, manicura, pedicura, tratamientos de dermatología, rayos uva, aplicación de Toxina Botulínica, Ácido Hialurónico, peeling, plasma rico en plaquetas, Microblading, aparatología, Consultas Médicas, baños turcos, sauna, tratamientos médico estéticos; d) el comercio al por mayor y al por menor de artículos de estética; e) la realización de todas aquellas actividades complementarias o conexas al giro principal.“. 2) Realizar una modificación de los estatutos de la sociedad, en lo que se refiere al nombre de fantasía, detallado en la escritura pública de Constitución de sociedad, en el Título Primero, Artículo Primero, DONDE DICE: “El nombre o razón social de la sociedad será “CLÍNICA DOS SANTOS SpA” pudiendo utilizar como nombre fantasía “ESTETICA XARRAGOS SpA”.”, DEBE DECIR: “El nombre o razón social de la sociedad será “CLÍNICA DOS SANTOS SpA” pudiendo utilizar como nombre fantasía “CLÍNICA DOS SANTOS”.”. En todo lo no modificado por el presente acuerdo rige el estatuto original y sus respectivas clausulas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital constitutivo $1.000.000.