CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA TRINQUICAHUÍN SpA

CVE 2764603
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de enero de 2026
Notaría
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2026
Repertorio
1182-2026
Notario
JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
Oficio
Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER
Comuna
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene como objeto administrar y)o explotar bienes inmuebles en zonas rurales, por cuenta propia o ajena, y en general el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales, para lo cual podrá: /a) Realizar toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación, enajenación y percepción de sus frutos; y /b) La realización de actos y negocios que los Administradores decidan para el cumplimiento de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, piso séptimo, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 16 de enero de 2026, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio 1182-2026, ante mí, don DANIEL ANDRÉS GUAMÁN ECHEVERRÍA constituyó una sociedad por acciones, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “AGRICOLA TRINQUICAHUÍN SpA”. Objeto: La Sociedad tiene como objeto administrar y/o explotar bienes inmuebles en zonas rurales, por cuenta propia o ajena, y en general el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales, para lo cual podrá: /a/ Realizar toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación, enajenación y percepción de sus frutos; y /b/ La realización de actos y negocios que los Administradores decidan para el cumplimiento de su objeto. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan íntegramente de la siguiente manera: Don DANIEL ANDRÉS GUAMÁN ECHEVERRÍA suscribe en este acto 1.000 acciones, en la suma de $1.000.000, que equivalen al 100% de las acciones de la Sociedad, que paga en este acto en dinero efectivo ingresando dicha suma a la caja social. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 30 de enero de 2026.