MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola San José Limitada

RUT 76191137-6 CVE 2764692
Fecha instrumento
28 de enero de 2026
Notaría
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2026
Notario
JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
Oficio
Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER
Comuna
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, piso séptimo, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 de enero de 2026, doña María José Labra Serrano, don Manuel Bulnes Muzard, don Diego Bulnes Labra, don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra y don Max José Bulnes Labra, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en avenida El Golf N°99, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Agrícola San José Limitada, inscrita a fojas 66.571 número 48.703 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2011, acordaron modificar el Artículo Octavo de los estatutos sociales, relativo a la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don Víctor Hugo Medina Bustos, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada, excluyéndose aquellas indicadas en la referida escritura. En relación a determinados actos y contratos indicados en escritura extractada deberán actuar todos los socios conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2026.