MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL GUERRA Y JAQUE LIMITADA

RUT 77992863-2 CVE 2764159
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Repertorio
3684
Notario
HERNAN FUENTES ACEVEDO
Oficio
Tercera Notaria Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN FUENTES ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular Tercera Notaria Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura ante suplente de mi don Alexander Leon Díaz, de fecha 30 de Octubre de 2025, Repertorio N° 3.684 – 2025, consta que don JORGE PATRICIO GUERRA GUAJARDO, chileno, cédula nacional de identidad número 6.433.265-1, casado, empresario, domiciliado en Avenida España número 440, de la ciudad de Curicó; don MIGUEL ANGEL JAQUE FERNÁNDEZ, chileno, cédula nacional de identidad número 9.055.749-1, casado, empleado, domiciliado en Población Valvanera, calle Correa Núñez, número 1050, de la ciudad de Curicó; y, don JORGE PATRICIO GUERRA SILVA, chileno, casado, cédula Nacional de identidad N° 13.549.550-6, Comerciante, domiciliado en Los Arrayanes N°1020, Sector Zapallar, de la Comuna y Provincia de Curicó, mayores de edad, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL GUERRA Y JAQUE LIMITADA" o “J Y G LTDA.”, RUT Nº77.992.863-2.- El extracto de la constitución de la sociedad se publicó en el vuelta Nº443 en el Registro de Comercio del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Curicó.- Capital vigente: $5.000.000.- Modificación consiste: Socio JORGE PATRICIO GUERRA GUAJARDO, vende, cede y transfiere al nuevo socio que ingresa a la sociedad don JORGE PATRICIO GUERRA SILVA, quién compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de sus acciones y derechos sociales, el 100% de sus acciones y derechos, equivalente al 50% del capital social en la suma de $2.500.000 “Dos millones quinientos mil pesos”, que se pagan al contado, y en dinero en efectivo al vendedor, quien declara recibirlos a su entera satisfacción y conformidad, otorgándose al efecto las partes, el más amplio y completo finiquito recíproco.- Como consecuencia del ingreso del nuevo socio, queda conformada la Sociedad por don MIGUEL ANGEL JAQUE FERNANDEZ, dueño del 50% del total del capital social y don JORGE PATRICIO GUERRA SILVA, ya individualizado, dueño del 50% del total del capital social, conformando así, el cien”100” por ciento del capital social.- Actuales socios modifican la cláusula Novena del pacto original de fecha 12 de Octubre del 2023, en el sentido que a vía meramente ejemplar el socio administrador podrá celebrar los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ello corresponden o no al giro social; y, que la representación, administración y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá al socio señor MIGUEL ANGEL JAQUE FERNANDEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad en toda clase de actos, declaraciones y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, ante cualquier persona, autoridad o institución, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes pudiendo representarla en todos sus asuntos, negocios, actos y juicios que tenga pendientes o le ocurran en lo sucesivo, de cualquier clase o naturaleza y en los que tenga interés, representación, parte o dominio, ante toda persona jurídica o natural, asociaciones, comunidades, organismos y autoridades de toda índole, sólo con la limitación que se señala en la escritura extractada.- También actuales socios modifican la cláusula décima del pacto original citado precedentemente, en el sentido que la duración o vigencia de la sociedad será Indefinida.- En todo lo no modificado seguirá vigente pacto social primitivo.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 30 de Octubre de 2025.-