INVERSIONES AHN SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2026
- Notario
- MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES
- Domicilio
- don Juan Ricardo San Martin Urrejola
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Notario Público, Suplente de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, Titular 43ª Notaría Santiago Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita ante el titular de este oficio con fecha 15/01/2026, ANA LIDIA HENRIQUEZ NORAMBUENA empresaria, C.I. Nro.: 12.545.673-1; y CRISTIAN RODRIGO GALVEZ ALIAGA, empresario, C.I. Nro. 13.076.302-2, ambos con domicilio en Calle Los Acacios 0126, Casas Viejas, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, y de paso por esta, en virtud de la facultad que le confiere el Art. 427 del Código de Comercio, y en su calidad de únicos accionista, según consta en el libro de registro de accionistas tenido a la vista por el notario que autoriza, modifican sociedad por acciones constituida con fecha 05 de Octubre de 2021, ante el Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo la razón sociedad “INVERSIONES AHN SpA”, Rut 76.490.768-8, extracto inscrito fojas 81.604, número 37.658 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2021, publicado Diario Oficial ejemplar N°43.082, fecha 20 de Octubre de 2021.- Modificación consiste.- a) Aumentan capital social de $20.000.000.- a la cantidad de $50.000.000, con la emisión de 30.000 nuevas acciones, las que son suscritas y pagadas por los accionistas, en la forma señala en escritura extractada.- Para materializar lo antes señalado los únicos accionistas, en virtud de la facultad que les confiere el artículo 427 del Código de Comercio, reforman los estatutos en su Artículo Quinto, del Título Segundo, del capital y acciones, y el artículo Primero Transitorio, por los siguientes: Uno) “ARTÍCULO QUINTO. CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de CINCUENTA MILLÓNES DE PESOS, DIVIDIDOS EN CINCUENTA MIL ACCIONES, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, capital que se suscribe, paga y pagará en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, la administración queda facultada para aumentar el capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento respectivo, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. ” y dos) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, que es la suma de cincuenta millones de pesos, dividido en cincuenta mil acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas, en este acto, al contado y en dinero efectivo, siguiente forma: a) Don CRISTIAN GALVEZ ALIAGA, suscribe y paga la cantidad de veinticinco mil acciones; y b) Doña ANA LIDIA HENRIQUEZ NORAMBUENA, suscribe y paga la cantidad de veinticinco mil acciones.- “En todo aquello no modificado queda vigente el pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Enero de 2026.-