MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA DECOTEX LIMITADA

RUT 76256522-6 CVE 2763551
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2012

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2012
Repertorio
2764
Notario
EDWIN RIFFO GONZÁLEZ
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NÉSTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Don HONGYUE HONG, por sí y en representación según se dirá de Don CHANGHAO LIU, y doña XIAOYUN HUANG, todos domiciliados en Avenida Arturo Prat N°1670, depto 72, Iquique; mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas y exponen: PRIMERO: Por escritura pública suscrita ante Notario Público de Iquique, don Carlos Vila Molina, con fecha 13 de Diciembre de 2012, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada IMPORTADORA Y EXPORTADORA DECOTEX LIMITADA o DECOTEX LTDA. cuyo extracto se inscribió a fojas 2.517 vta, N°2.212, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Iquique, correspondiente al año 2012, y debidamente publicado en el Diario Oficial de fecha 15 de Diciembre del año 2012. Modificada por escritura pública de fecha 26 de Junio del año 2018, repertorio N°2.764, celebrada ante Notario Público de Iquique Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 885 vta N°608, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2.018, y debidamente publicado en el Diario Oficial. Los actuales socios Don CHANGHAO LIU, dueño del 80% de los derechos y acciones de la sociedad, y doña XIAOYUN HUANG dueña del 20% de los derechos y acciones de la sociedad, vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: a) Doña XIAOYUN HUANG, dueña del 20% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de su participación siguiente forma: a) a don CHANGHAO LIU por quién compra y acepta don HONGYUE HONG un porcentaje equivalente al 15% del total de los derechos sociales, en la suma de $1.500.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando la vendedora recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- y b) don HONGYUE HONG quién compra y acepta para sí el restante de sus derechos sociales equivalentes al 5% del total de los derechos, en la suma de $480.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando la vendedora recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- Las ventas y cesiones señaladas comprenden todos los derechos que corresponden a la vendedora en la sociedad en razón de su calidad de socio en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de la venta y cesión a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de IMPORTADORA Y EXPORTADORA DECOTEX LIMITADA o DECOTEX LTDA., Don CHANGHAO LIU dueño del 95% y don HONGYUE HONG, dueño del 5% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá, en lo sucesivo a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a IMPORTADORA Y EXPORTADORA DECOTEX LIMITADA o DECOTEX LTDA., con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.- En lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 06 de Enero de 2026.