MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Transportes Muñoz Hermanos Limitada

RUT 76110671-6 CVE 2762916

Instrumento

Notario
KATHERINE TOPP GARCÍA
Domicilio
Titular don Gonzalo Cruz Gutiérrez

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En la comuna de Lautaro, a 22 de Enero del año dos mil veintiséis, KATHERINE TOPP GARCÍA, Abogada, Notario Público Suplente del Titular don Gonzalo Cruz Gutiérrez, de las agrupaciones de la comunas de Lautaro, Perquenco y Galvarino, con oficio en esta ciudad calle José Miguel Carrera 340, segundo piso - Centro Comercial Centro Más, Oficina 31 comparecen: don José Patricio Muñoz González, chileno, casado, chofer, domiciliado en calle Baquedano doscientos sesenta y cinco de la ciudad de Lautaro, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos catorce mil ciento setenta y seis guion k; don Fernando Aníbal Muñoz González, chileno, casado, chofer, domiciliado en Baquedano doscientos sesenta Cinco de la ciudad de Lautaro, cédula nacional de identidad número doce millones ciento cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho guion cuatro; y doña Sandra Gloria Jara Galdames, chilena, casada, empleada, cedula de identidad diez millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento diez guion ocho, domiciliada en pasaje Simón Díaz número quinientos treinta y siete comuna de Lautaro; PRIMERO:, los comparecientes vienen en ceder derechos societarios y modificar los estatutos de constitución de la sociedad Transportes Muñoz Hermanos Limitada constituida de conformidad con las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato o en el primitivo que por este acto se modifica. SEGUNDO: por este acto y contrato el compareciente fundador don FERNANDO ANÍBAL MUNOZ GONZÁLEZ, viene en ceder la totalidad de sus derechos y participación en la sociedad, en los términos y a las siguientes personas que pasa a indicarse a) vende cede y transfiere al socio don JOSE PATRICIO MUNOZ GONZÁLEZ, la parte de sus derechos de manera tal, que el adquirente don JOSE PATRICIO MUNOZ GONZÁLEZ, se hace dueño del noventa por ciento de los derechos totales en la sociedad, el precio de la cesión de derechos es la suma de cuatro millones ochocientes mil pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo y que el cedente declara haber recibido a su entera satisfacción; b) Igualmente don FERNANDO ANÍBAL MUNOZ GONZÁLEZ, vende cede y transfiere el diez por ciento restante a la socia que se incorpora por este acto a la sociedad doña SANDRA GLORIA JARA GALDAMES, quien compra acepta y adquiere para sí, en la suma de un millón doscientos mil pesos. El porcentaje de participación en la sociedad que por este acto se le transferir; de esta forma quedan como únicos socios a contar de este acto doña SANDRA GLORIA JARA GALDÁMES, con un diez por ciento de participación en la propiedad de la sociedad, y don JOSE PATRICIO MUNOZ GONZÁLEZ con un noventa por ciento de participación en la propiedad de la sociedad. TERCERO: en todo lo no modificado se mantienen las estipulaciones del contrato primitivo. Lautaro 22 de Enero de 2026.