Sotomayor y Allende Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2026
- Repertorio
- 516/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.250.000 CLP
Objeto social
Adicionando nuevas actividades comerciales, quedando como se indica: “CUARTO: El objeto de la sociedad será: A) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud o institutos de salud previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado y en general, cualesquier otro negocio o actividad no especificado, que los socios de común acuerdo establezcan. B) La adquisición, compra, venta, administración, comercialización, enajenación, explotación, loteo, urbanización, construcción, dar o tomar en arrendamiento, percepción de los frutos, actuando por cuenta propia o ajena, con o sin opción de compra, respecto de bienes propios o arrendados y en general, el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias sobre bienes inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones propias o ajenas, de cualquier destino, incluyendo bodegas, garajes, galpones, estacionamientos, centros recreacionales y de alojamiento. C) La adquisición, administración, comercialización, enajenación, explotación, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. D) Toda clase de inversiones y reinversiones mobiliarias y)o inmobiliarias, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de créditos de dinero, la compra, venta de bienes muebles e inmuebles, bienes corporales e incorporales inclusive en acciones, participaciones en todo tipo de sociedades, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio y en general en instrumentos de crédito. Además de la administración de tales inversiones y reinversiones y la percepción de los frutos, ganancias y)o utilidades que de ello provengan o se deriven.” Aumento de
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| La Reina. Modificaron la sociedad SOTOMAYOR Y ALLENDE LIMITADA | socio | 76040001-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 12 de enero de 2026, Repertorio N°516/2026, ante mí, Claudio Rodrigo Sotomayor Soto, Jimena Soledad Allende Torrijos, Rafael Esteban Sotomayor Allende, todos domiciliados en calle Julia Bernstein 615 E, La Reina. Modificaron la sociedad SOTOMAYOR Y ALLENDE LIMITADA, R.U.T. 76.040.001-7, inscrita fs. 19.889, Nº 14.398 del año 2005, ante Registro Comercio de Santiago. Capital social: $2.250.000.- MODIFICACIONES: Objeto social: Adicionando nuevas actividades comerciales, quedando como se indica: “CUARTO: El objeto de la sociedad será: A) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud o institutos de salud previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado y en general, cualesquier otro negocio o actividad no especificado, que los socios de común acuerdo establezcan. B) La adquisición, compra, venta, administración, comercialización, enajenación, explotación, loteo, urbanización, construcción, dar o tomar en arrendamiento, percepción de los frutos, actuando por cuenta propia o ajena, con o sin opción de compra, respecto de bienes propios o arrendados y en general, el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias sobre bienes inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones propias o ajenas, de cualquier destino, incluyendo bodegas, garajes, galpones, estacionamientos, centros recreacionales y de alojamiento. C) La adquisición, administración, comercialización, enajenación, explotación, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. D) Toda clase de inversiones y reinversiones mobiliarias y/o inmobiliarias, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de créditos de dinero, la compra, venta de bienes muebles e inmuebles, bienes corporales e incorporales inclusive en acciones, participaciones en todo tipo de sociedades, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio y en general en instrumentos de crédito. Además de la administración de tales inversiones y reinversiones y la percepción de los frutos, ganancias y/o utilidades que de ello provengan o se deriven.” Aumento de Capital social: Los socios Claudio Rodrigo Sotomayor Soto, Jimena Soledad Allende Torrijos, Rafael Esteban Sotomayor Allende acuerdan aumentar el capital a la suma de $3.333.000.- el que será enterado con expreso conocimiento y consentimiento de los socios, así: (a) Jimena Soledad Allende Torrijos aportó la suma de $499.950; b) Rafael Esteban Sotomayor Allende, aportó $583.050; c) Claudio Rodrigo Sotomayor Soto, no aportará al aumento de capital, y los socios consienten unánimemente en ello, sin ejercer el derecho de exclusión del socio renuente, asimismo, consienten en que el socio tampoco ejercerá su derecho a retiro de la sociedad, aceptando la disminución de su participación porcentual en el capital social. Resultado del aumento del capital social, se modifica la participación societaria, todos los aportes se realizan en el acto y en dinero efectivo. En razón del aumento de capital, se modifica la cláusula sexta del estatuto por la siguiente: ““El capital es la suma de $3.333.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: (a) CLAUDIO RODRIGO SOTOMAYOR SOTO, aporta y entera la suma de $999.900.-, equivalentes a 30% de los derechos sociales; (b) JIMENA SOLEDAD ALLENDE TORRIJOS, aporta y entera la suma de $1.499.850.-, equivalentes a 45% de los derechos sociales; y (c) RAFAEL ESTEBAN SOTOMAYOR ALLENDE, aporta y entera la suma de $833.250.-, equivalentes a 25% de los derechos sociales.” Los socios acuerdan no introducir más cambios que los expresados.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 22 de enero de 2026.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.- SLN.