MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES AMARODU LIMITADA

RUT 77057392-0 CVE 2762772
Fecha instrumento
8 de enero de 2026
Notaría
Lo Barnechea

Instrumento

Fecha
8 de enero de 2026
Repertorio
180-2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Lo Barnechea
Comuna
Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Lo Barnechea, con oficio en Avda. La Dehesa 1201 Local 101, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 8 de enero de 2026, bajo el repertorio N° 180-2026, ante mí, don Tomás Pablo Herzfeld Pergamenter, doña Ana María Robles Durán; y doña Susan Nicole Figueroa Salinas, todos con domicilio en calle Málaga N° 85, oficina 216, Las Condes, Región Metropolitana, acordaron respecto de INVERSIONES AMARODU LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 48.223, número 23.975 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, lo siguiente: Uno) Rectificar los estatutos contenidos en la escritura de constitución de la Sociedad, que constan en la escritura pública de fecha 18 de junio de 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, en el sentido que (i) en la comparecencia debe entenderse que el nombre correcto de la socia es SUSAN NICOLE FIGUEROA SALINAS, y (ii) se reemplaza el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado en este acto, al contado y en dinero en efectivo a entera conformidad de la Sociedad, en los siguientes montos y proporciones: (a) TOMÁS PABLO HERZFELD PERGAMENTER, la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social, (b) ANA MARÍA ROBLES DURÁN, la suma de ochocientos cuarenta y un mil quinientos pesos, equivalentes al ochenta y cuatro coma quince por ciento del capital social, y (c) SUSAN NICOLE FIGUEROA SALINAS, la suma de ciento cuarenta y ocho mil quinientos pesos, equivalentes al catorce coma ochenta y cinco por ciento del capital social. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Dos) Sustituir el artículo cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: “CUARTO: La sociedad será administrada por don TOMÁS PABLO HERZFELD PERGAMENTER, cédula de identidad número cuatro millones trescientos treinta mil cuatrocientos treinta y siete guion dos. en el caso que don TOMÁS PABLO HERZFELD PERGAMENTER no se encuentre por cualquier razón, sea ésta incapacidad, ausencia, muerte, lo cual no será necesario acreditar ante terceros, la administración recaerá en doña ANA MARÍA ROBLES DURÁN. Don TOMÁS PABLO HERZFELD PERGAMENTER representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estará revestido de todas las facultades de administración que conforme a la ley, le corresponden al administrador de una sociedad de responsabilidad limitada, sin perjuicio de las facultades específicas que a continuación se indican.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2026.