MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONECTIVA CHILE SERVICIOS EN INFORMATICA COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76007226-5 CVE 2762940
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de enero de 2026
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2026
Repertorio
4362-2017
Notario
GONZALO HURTADO PERALTA
Oficio
Tercera Notaria de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Antofagasta, con oficio en esta ciudad, calle Almirante Juan José Latorre N°2398, Certifico que, por escritura pública de fecha 23 de enero de 2026, ante mí, MIRZA VIOLETA ARANCIBIA MENDOZA cédula nacional de identidad N°12.617.006-8, ROCÍO BELÉN CAÑAS ARANCIBIA cédula nacional de identidad N°19.099.522-4, JOSÉ LUIS CAÑAS ARANCIBIA cédula nacional de identidad N°19.444.930-5, y ANTONELLA VALENTINA CAÑAS ARANCIBIA cédula nacional de identidad N°20.212.960-9, comparecieron en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad “CONECTIVA CHILE SERVICIOS EN INFORMATICA COMPAÑIA LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.007.226-5, inscrita a fojas 1186 Vta. N°984 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Comercio de Antofagasta, declarando expresamente aceptar la calidad de socio que tiene cada uno respecto del otro en dicha sociedad, manifestando su conformidad con los estatutos sociales, y declarando expresamente su voluntad de mantenerse en sociedad y su “affectio societatis”; la referida declaración se efectúa en consideración a la liquidación y partición parcial de la comunidad hereditaria formada al fallecimiento de don JOSÉ FRANCISCO CAÑAS VARELA, y la adjudicación respecto de los derechos sociales de éste sobre la sociedad “CONECTIVA CHILE SERVICIOS EN INFORMATICA COMPAÑIA LIMITADA", realizadas por escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2025, Repertorio Número N°7193, otorgada ante el notario público titular de la tercera notaria publica de Antofagasta don Gonzalo Hurtado Peralta, cuyo extracto se inscribió con fecha 14 de enero del año 2026, a fojas 33, bajo el N°23 del Registro de Comercio del año 2026 del Conservador de Comercio de Antofagasta, y se publicó en el Diario Oficial, edición número 44345, de fecha 10 de enero del año 2026. Teniendo presente la liquidación, partición y adjudicación, y a objeto de reflejar en los estatutos la nueva participación social, los comparecientes, en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad “CONECTIVA CHILE SERVICIOS EN INFORMATICA COMPAÑIA LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.007.226-5, modificaron los estatutos de la Sociedad, en los siguientes términos: 1) El Capital Social de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) La socia doña MIRZA VIOLETA ARANCIBIA MENDOZA aporta y entrera la suma de $460.000, que corresponden y/o representan el 46% de los derechos sociales o capital común; B) La socia doña ROCÍO BELÉN CAÑAS ARANCIBIA aporta y entrera la suma de $180.000, que corresponden y/o representan el 18% de los derechos sociales o capital común; C) El socio don JOSÉ LUIS CAÑAS ARANCIBIA aporta y entrera la suma de $180.000, que corresponden y/o representan el 18% de los derechos sociales o capital común; y D) La socia doña ANTONELLA VALENTINA CAÑAS ARANCIBIA aporta y entrera la suma de $180.000, que corresponden y/o representan el 18% de los derechos sociales o capital común. 2) La Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MIRZA VIOLETA ARANCIBIA MENDOZA, quien gozará de todas las facultades otorgadas en la cláusula QUINTA de la escritura pública de constitución de la sociedad “CONECTIVA CHILE SERVICIOS EN INFORMATICA COMPAÑIA LIMITADA" de fecha 23 de octubre del año 2007, Repertorio N°4362-2017, otorgada ante don Héctor Efraín Basualto Bustamante, notario público titular de la sexta notaria de Antofagasta, sin limitación alguna y todas las cuales se tienen por expresamente reproducidas. 3) Las utilidades y las pérdidas se repartirán entre los socios, a prorrata de sus aportes. Los socios continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales, al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones y condiciones señaladas en las escrituras de constitución y sus respectivas modificaciones. Demás estipulaciones y antecedentes constan en escritura extractada.- Antofagasta, 26 de enero del año 2026.