BUCEO COMERCIAL ESCOBAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2026
Sociedad
- Capital
- $43.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAXIMILIANO ANDRÉS ORREGO VALENZUELA, Abogado, Notario Suplente del Notario Interino de Viña del Mar don José Francisco Olate González, con oficio en Avenida Libertad Nº1155-A, certifico: Por escritura de fecha 26 de enero de 2026 ante mí, don LEONARDO DEL CARMEN ESCOBAR SILVA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos ochenta y seis mil seiscientos setenta y dos guion cero; don LEONARDO ANDRES ESCOBAR GATICA, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos sesenta y seis mil ciento dieciséis guion cero; y doña ISABEL MARGARITA GATICA ROJAS, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número nueve millones cuarenta mil novecientos dieciocho guion dos, todos los comparecientes domiciliados en Bulnes número ciento noventa, Comuna de Quintero, Región de Valparaíso, modificaron la sociedad: “LESMAR Y CÍA. LTDA”, hoy "BUCEO COMERCIAL ESCOBAR LIMITADA" o "LESMAR Y COMPAÑÍA LIMITADA", RUT 77.639.370-3. Modificaciones consisten: 1.- CESIONES DE DERECHOS: Se retira de la sociedad el socio don LEONARDO ANDRES ESCOBAR GATICA, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en el capital social, equivalentes al siete por ciento del total de los derechos sociales, a doña ISABEL MARGARITA GATICA ROJAS, quien compra, adquiere y acepta para sí dichos derechos. Esta cesión se pacta en el precio de tres millones de pesos, suma que la cesionaria pagó al contado en dicho acto, a entera conformidad del cedente. El cedente y el cesionario renuncian expresamente a la acción resolutoria que pudiere corresponderles en relación con esta cesión de derechos. 2.- NUEVA COMPOSICION DE LA SOCIEDAD: Los nuevos socios don LEONARDO DEL CARMEN ESCOBAR SILVA, quien tiene el noventa y tres por ciento de los derechos sociales y doña ISABEL MARGARITA GATICA ROJAS quien tiene el siete por ciento de los derechos sociales, declaran, asimismo, que liberan al socio saliente de toda responsabilidad en relación con la sociedad. DECLARACIÓN DE CAPITAL: El capital permanecerá no modificado por éste acto, en la suma de $43.000.000 de pesos, como al momento de la constitución.- En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. VIÑA DEL MAR, 27 ENERO 2026.