MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA CATALINA Y SAN MATEO LIMITADA

RUT 76516016-2 CVE 2761770
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2025
Repertorio
14150-25
Notario
ELIANA MARTÍNEZ CÁRDENAS
Domicilio
Titular Sra. ESMIRNA VIDAL MORAGA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA MARTÍNEZ CÁRDENAS, abogada, Notario Público, Suplente de la Titular Sra. ESMIRNA VIDAL MORAGA, con jurisdicción en la agrupación de Comunas de Temuco, Vilcún, Cunco, Melipeuco, Freire y Padre Las Casas, con oficio en la ciudad de Temuco, calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: Que por escritura pública fecha 30 de Diciembre de 2025, Repertorio N° 14.150-25, ante la Sra. Notario Titular Esmirna Vidal Moraga, don Gonzalo Andrés Peña Marchant e Inversiones San Agustín Limitada, ambos domiciliados para estos efectos en Arturo Prat 620, departamento 601, comuna y ciudad de Temuco; y don Khris Randall Johnn Peters Chenevier e Inversiones Inmobiliarias Peters SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Rudecindo Ortega N° 1045, comuna y ciudad de Temuco, acordaron modificar SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA CATALINA Y SAN MATEO LIMITADA (la Sociedad ), inscrita a fojas 2100 vuelta número 1373 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2015, en los siguientes términos: /1/ Constitución de sociedades y aporte de derechos sociales. Los comparecientes dejaron constancia que: (a) Con fecha 29 de diciembre de 2025, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias San Agustín Limitada, rol único tributario número 78.323.565-K, cuyo capital sería suscrito, por parte de don Gonzalo Andrés Peña Marchant, mediante el aporte del 50% de los derechos sociales, de los cuales es titular en la Sociedad; (b) Con fecha 29 de diciembre de 2025, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias Peters SpA, rol único tributario número 78.323.833-0, cuyo capital sería suscrito, por parte de don Khris Randall Johnn Peters Chenevier, mediante el aporte del 50% de los derechos sociales, de los cuales es titular en la Sociedad; /2/ Materialización de aportes mediante cesión de derechos sociales de la Sociedad. Considerando los aportes en dominio de los derechos sociales de la Sociedad que da cuenta la sección /1/ anterior, y su materialización pendiente, en el acto de la escritura pública extractada: (a) El socio Gonzalo Andrés Peña Marchant materializó el aporte en dominio de su participación en la Sociedad, equivalente a un 50%, mediante la cesión de derechos sociales a Inversiones Inmobiliarias San Agustín Limitada, quien los aceptó y adquirió para sí, valorizados en la cantidad de $87.792.046.- Lo anterior, con el consentimiento unánime y expreso de todos los socios de la Sociedad; (b) El socio Khris Randall Johnn Peters Chenevier materializó el aporte en dominio de su participación en la Sociedad, equivalente a un 50%, mediante la cesión de derechos sociales a Inversiones Inmobiliarias Peters SpA, quien los aceptó y adquirió para sí, valorizados en la cantidad de $87.792.046.- Lo anterior, con el consentimiento unánime y expreso de todos los socios de la Sociedad; /3/ Nueva distribución del interés social. Como consecuencia de la materialización de los aportes en dominio de los derechos sociales de la Sociedad, dejaron de ser socios de ésta, don Gonzalo Andrés Peña Marchant y don Khris Randall Johnn Peters Chenevier, y se incorporaron como nuevos socios las sociedades Inversiones Inmobiliarias San Agustín Limitada e Inversiones Inmobiliarias Peters SpA. Lo anterior, con el consentimiento unánime y expreso de todos los socios de la Sociedad. De esta manera, la participación de cada socio en la Sociedad quedó distribuida de la siguiente manera: /a/ Inversiones Inmobiliarias San Agustín Limitada, titular de un 50% de los derechos sociales; y /b/ Inversiones Inmobiliarias Peters SpA, titular de un 50% de los derechos sociales; /4/ Modificación de estatutos sociales. Considerando la materialización de aportes en dominio antes referidos, Inversiones Inmobiliarias San Agustín Limitada e Inversiones Inmobiliarias Peters SpA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron actualizar y modificar los estatutos sociales de la Sociedad, sustituyendo la actual cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa al capital social, por la siguiente: "QUINTO: El capital social es la cantidad de ciento doce millones quinientos veinte mil doscientos treinta y ocho pesos, que los socios aportan y pagan, en la forma y proporción que se indica a continuación: (a) INVERSIONES INMOBILIARIAS SAN AGUSTÍN LIMITADA aportó la cantidad de cincuenta y seis millones doscientos sesenta mil ciento diecinueve pesos, equivalente a una participación del cincuenta por ciento en el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a este acto; y (b) INVERSIONES INMOBILIARIAS PETERS SpA aportó la cantidad de cincuenta y seis millones doscientos sesenta mil ciento diecinueve pesos, equivalente a una participación del cincuenta por ciento en el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a este acto.- En todo lo no modificado permanecen plenamente vigente los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Temuco, 23 de enero de 2026.