SOCIEDAD DE INVERSIONES RAMAIDA SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2026
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- Segunda Notaria de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $273.174.349 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad es calle Miguel Cuadra 274, comuna de Quinta de Tilcoco, Provincia de Cachapoal, región libertador Bernardo O´Higgins
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifieste su voluntad de disolverla, circunstancia que deberá ser notificada al resto de los socios mediante carta certificada
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a.- La Inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, y valores, sean estos bienes fisicos o incorporales, o instrumentos de renta fijos o variables, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. b.- Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles o inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dicha inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquiera clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. c.- En general, realizar toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con el giro antes descrito, que de común acuerdo determinen los
Administración
iv.- Don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON suscribe 367 acciones, por un valor total de $100.250.000 pesos, mediante: iv.i- El aporte directo en dinero en efectivo al dia de hoy de $250.000, suma que se entera y paga con esta fecha e ingresa a la caja social. iv.ii.- La suma de $100.000.000 pesos que don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON se obliga a enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 3 años contado desde esta fecha, ingresándola a las arcas sociales, en una o más cuotas, en la forma y oportunidad que determine la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en esta ciudad, Avenida José Bisquertt N°75-d, primer piso, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 16 de enero de 2026, Rep. N°51-2026, otorgada en esta misma Notaria ante Barbara Perry Espinosa, Notario Público Suplente, según Decreto Económico N°5-2026, emitido por el Primer Juzgado de Letras de Rengo, protocolizado bajo el Rep. N°44-2026, comparecen, don RAMON OSVALDO JAÑA GONZALEZ, chileno, jubilado, casado bajo el régimen sociedad conyugal, cedula de identidad N° 5.961.918-7; doña AIDA DEL CARMEN ALARCON SOTO, chilena, jubilada, casada bajo el régimen sociedad conyugal con el anterior compareciente, cedula de identidad N° 5.782.415-8; don JOSÉ MIGUEL JAÑA ALARCON, chileno, Contador Público y Auditor, soltero, cedula de identidad N° 15.114.139-0; y don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON, chileno, chofer Locomoción Colectiva, soltero, cedula de identidad N° 14.465.883-3, todos domiciliados únicamente para estos efectos, en Miguel Cuadra 274, comuna de Quinta de Tilcoco, Provincia de Cachapoal, región libertador Bernardo O´Higgins; vienen en constituir una Sociedad por Acciones, la que se regirá por los siguientes estatutos y, en lo no previsto por ellos, por las disposiciones pertinentes establecidas en el párrafo octavo sobre Sociedades por Acciones, el cual comprende los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y en silencio de éste, por la Ley 18.046 que regula las disposiciones sobre las Sociedades Anónimas y su reglamento, en lo aplicable a las Sociedades Anónimas Cerradas y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza. Por el presente acto e instrumento, en virtud de lo anteriormente expuesto, don RAMON OSVALDO JAÑA GONZALEZ, doña AIDA DEL CARMEN ALARCON SOTO, don JOSÉ MIGUEL JAÑA ALARCON, y don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON constituyen una sociedad por acciones de nombre “SOCIEDAD DE INVERSIONES RAMAIDA SpA”, pudiendo usar indistintamente “RAMAIDA SpA”, inclusive con los bancos, con el nombre ya indicado y se rige por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, las disposiciones del Código Civil y de Comercio, y las disposiciones de la Ley 18.046 y su Reglamento que les sean aplicables.- Domicilio: El domicilio legal de la sociedad es calle Miguel Cuadra 274, comuna de Quinta de Tilcoco, Provincia de Cachapoal, región libertador Bernardo O´Higgins, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el país o en el extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a.- La Inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, y valores, sean estos bienes fisicos o incorporales, o instrumentos de renta fijos o variables, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. b.- Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles o inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dicha inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquiera clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. c.- En general, realizar toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con el giro antes descrito, que de común acuerdo determinen los socios. d.- En general, la sociedad podrá dedicarse a negocios similares o complementarios a los señalados precedentemente, o a aquellos que los socios estimen necesarios o convenientes, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar para ello todos los actos y contratos que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto social.- Capital Social: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de $273.174.349, dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, cantidad que se suscribió y pagó en este de conformidad a los artículos transitorios de la siguiente forma: i.- Don RAMON OSVALDO JAÑA GONZALEZ, entera y paga la suma de $14.715.781 pesos correspondiente a 54 acciones, mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes raíces: i.i.- Derechos, cuotas o acciones sobre una propiedad raíz ubicada en Pasaje Luis Carrera número 050, que corresponde al SITIO NÚMERO 11, del plano de loteo de la Cooperativa de Viviendas y Servicios Habitacionales de Empleados y Obreros Municipales, de la comuna de Quinta de Tilcoco. Su rol de avaluó corresponde al 4-14. Los derechos, cuotas, o acciones sobre el referido bien raíz, a nombre de don RAMON OSVALDO JAÑA GONZALEZ se encuentran inscritos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del Año 2023 a Fojas 670, bajo el Número 620. Son valorizados por las partes en la suma total $2.834.286 pesos. i.ii.- Lote número 8, que se encuentra ubicado en Pasaje Hernando de Magallanes número 310, de la Villa Las Américas, de la localidad de Guacarhue, comuna de Quinta de Tilcoco, Su rol de avalúo corresponde al 74-4. El dominio sobre el referido bien raíz a nombre de don RAMON OSVALDO JAÑA GONZALEZ, se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del Año 2006 a Fojas 577, bajo el Número 459. Es valorizado por las partes en la suma total de $11.881.495 pesos. Ingresando de esta forma estos bienes a las arcas sociales. ii.- Doña AIDA DEL CARMEN ALARCON SOTO, entera y paga la suma de $57.958.568 pesos correspondiente a 212 acciones, mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes raíces: ii.i.- SITIO NUMERO 4 en que se dividió la propiedad raíz de mayor extensión, ubicada en la comuna de Quinta de Tilcoco. Su rol de avalúo corresponde al 4-17. El dominio sobre el referido bien raíz, a nombre de doña AIDA DEL CARMEN ALARCON SOTO se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del Año 1990 a Fojas 3.690, bajo el Número 1.867. Es valorizado por las partes en la suma total de $10.250.454 pesos. ii.ii.- Inmueble ubicado en Avenida Doctor Monckeberg S/N, Manzana H, sitio N°6, Comunidad Las Salinas, Comuna de El Tabo, Su rol de avalúo corresponde al 54-6. El dominio sobre el referido bien raíz, a nombre de doña AIDA DEL CARMEN ALARCON SOTO se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del Año 2011 a Fojas 4.761 vuelta, bajo el Número 3.995. Es valorizado por las partes en la suma total de $47.708.114 pesos. Ingresando de esta forma estos bienes a las arcas sociales. iii.- Don JOSÉ MIGUEL JAÑA ALARCON suscribe 367 acciones, por un valor total de $100.250.000 pesos, mediante: iii.i- El aporte directo en dinero en efectivo al día de hoy de $250.000, suma que se entera y paga con esta fecha e ingresa a la caja social. iii.ii.- La suma de $100.000.000 pesos que don JOSÉ MIGUEL JAÑA ALARCON se obliga a enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 3 años contado desde esta fecha, ingresándola a las arcas sociales, en una o más cuotas, en la forma y oportunidad que determine la administración. iv.- Don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON suscribe 367 acciones, por un valor total de $100.250.000 pesos, mediante: iv.i- El aporte directo en dinero en efectivo al dia de hoy de $250.000, suma que se entera y paga con esta fecha e ingresa a la caja social. iv.ii.- La suma de $100.000.000 pesos que don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON se obliga a enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 3 años contado desde esta fecha, ingresándola a las arcas sociales, en una o más cuotas, en la forma y oportunidad que determine la administración. En consecuencia, la totalidad del capital social se encuentra íntegramente suscrito, pagándose una parte en este acto y quedando el saldo pendiente de entero dentro del plazo legal de cinco años, conforme a la ley y a los presentes estatutos, encontrándose la totalidad de las acciones debidamente asignadas a los respectivos accionistas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifieste su voluntad de disolverla, circunstancia que deberá ser notificada al resto de los socios mediante carta certificada. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá en forma conjunta a don JOSÉ MIGUEL JAÑA ALARCON, y don HECTOR OSVALDO JAÑA ALARCON, quienes podrán ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por los mandantes.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 19 de Enero del 2026.