MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL GANZI LIMITADA

RUT 76285332-9 CVE 2762043
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de enero de 2026
Repertorio
1945/2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD COMERCIAL GANZI LIMITADA socio 76285332-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO, Suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, ambos con domicilio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno, local trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 26 de Enero de 2026, Repertorio N° 1945/2026, ante mí, KI HYUN AN, coreano, soltero, empresario, C.I. para extranjeros Nº 22.713.381-3, MI AH CHANG, coreana, soltera, empresaria, C.I. para extranjeros Nº 22.730.642-4; y SE JIN AN, coreano, soltero, factor de comercio, C.I. para extranjeros Nº 22.713.408-9, todos calle Palestina (antes El Manzano) 323, Recoleta, modificaron SOCIEDAD COMERCIAL GANZI LIMITADA, RUT N° 76.285.332-9, constituida el 14/12/2012, ante Notario de Santiago Ulises Aburto Spitzer, suplente del titular don Raúl Iván Perry Pefaur, extracto inscrito a fojas 89986, N° 63233, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2012; Diario Oficial del 20/12/2012. Modificaciones: Se retira de la sociedad SE JIN AN, dueño del 20% del haber social, quien vende el total de su participación social a KI HYUN AN, quien lo compra para sí, en el precio de $3.000.000.- Todos los derechos se venden libres de gravámenes, prohibiciones, embargo, litigios, y sin deudas. Consecuencia quedan: uno) KI HYUN AN, dueño del 65% del haber social, con un aporte de $9.750.000.- y dos) MI AH CHANG, dueña del 35% del haber social, con un aporte de $5.250.000.- Los socios declaran que el capital de $15.000.000.- se encuentra íntegramente enterado en caja social y que corresponde al mismo capital de la sociedad que se modifica. Por último, socios ratifican cláusula cuarta del pacto social primitivo, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, continuará correspondiendo a cualesquiera de los socios, actuando de forma conjunta o separada e indistintamente, con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula del pacto original. En lo no modificado socios declaran que se mantiene vigente, pacto social constitutivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2026.- Juan Cristian Berríos Castro, Notario Suplente.