Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 2756-2026
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- 1° Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.050.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la 1° Notaría de La Reina, con domicilio en Avenida Príncipe de Gales Apoquindo N°5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica que: con fecha 12 de enero del año 2026, ante mí, bajo el repertorio N° 2.756 - 2026, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de NEOCROP TECHNOLOGIES SpA (en adelante, la “Sociedad”) inscrita a fojas 276 VTA número 171 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2023. En dicha Junta, celebrada el 12 de diciembre de 2025 ante mi Notario Suplente don Rafael Orlando Corvalán Guerra, con la asistencia de los accionistas a) doña Francisca Macarena de la Paz Castillo Castro, b) don Daniel Emilio Norero González y c) don Sebastián Ignacio Castillo Castro, en su calidad de únicos accionistas de la Sociedad, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: (a) disminuir el capital de la Sociedad a la suma de $1.050.000, dividido en 910.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la diminución del capital de la Sociedad en la suma de $94.500 y la eliminación de 90.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal; (b) producto de la modificación anterior, los accionistas acordaron reemplazar los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón cincuenta mil pesos, dividido en novecientas diez mil acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor, ordinarias y sin valor nominal. El capital se encuentra suscrito y pagado en la forma señalada en el artículo primero transitorio. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón cincuenta mil pesos, dividido en novecientas diez mil acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor, ordinarias y sin valor nominal, de las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha”; (c) modificar los estatutos de la Sociedad en otros asuntos que no son materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2026.