FRANCISCO JAVIER BAHAMONDEZ ARAVENA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2026
- Repertorio
- 2059-17
- Notario
- RAMÓN GARCIA CARRASCO
- Domicilio
- agrupación de comunas de la jurisdicción de los juzgados de letras de Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RANCISCO JAVIER BAHAMONDEZ ARAVENA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA | socio | 76766205-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCIA CARRASCO, Abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de la jurisdicción de los juzgados de letras de Concepción, con oficio en calle Rengo N°444, ciudad de Concepción, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 19-01-2026 Rep. Nº 545-2026, ante mí, don FRANCISCO JAVIER BAHAMONDEZ ARAVENA, Médico Veterinario, C.I. 15.852.932-7 procedió a rectificar la escritura de constitución de la empresa FRANCISCO JAVIER BAHAMONDEZ ARAVENA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, RUT 76.766.205-K, otorgada con fecha 17 de Julio de 2017, Repertorio 2059-17 ante el Notario Público de Concepción don José Gerardo Bambach Echazarreta, con extracto inscrito a fojas 76, N° 66 en el Registro de Comercio de Chiguayante del año 2017, y publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de Julio de 2017.- El capital de la empresa es de $1.000.000,- La rectificación es la siguiente: A). Respecto del nombre de la empresa se modifica la Cláusula Cuarta de la escritura constitutiva, la que ahora pasa a quedar así: CUARTO: El nombre de la empresa será FRANCISCO JAVIER BAHAMONDEZ ARAVENA SERVICIOS VETERINARIOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo actuar ante todo tipo de organismos, públicos privados, con el nombre de fantasía FRANCISCO BAHAMONDEZ SERVICIOS VETERINARIOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y podrá abreviar las palabras EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la sigla E.I.R.L.; B). Respecto del objeto empresarial se modifica la Cláusula Segunda de la escritura constitutiva, la que ahora pasa a quedar así: SEGUNDO: El giro de la empresa será la prestación de servicios veterinarios tales como crear y administrar clínicas veterinarias para animales menores y mayores, prestar servicios veterinarios en terreno, prestar servicios de control de plagas, realizar la compraventa de fármacos, insumos y todo tipo de productos y elementos que sean necesarios para la actividad veterinaria, y llevar a cabo toda otra actividad que diga relación con la prestación de servicios veterinarios, y C). Respecto de las facultades del representante legal y administrador de la empresa, se modifica la Cláusula Séptima agregándose el numeral treinta y siete en la escritura constitutiva, que pasa a quedar así: SEPTIMO: treinta y siete) Podrá pedir y contratar créditos, prestamos, mutuos, ya sea de consumo o con garantía hipotecaria, u otra garantía, ante bancos nacionales o extranjeros, y ante toda entidad de crédito, financiera y/o de fomento que funcione en el país o el extranjero; también podrá contratar con Empresas de Factoring, Empresas de Leasing Financiero o Habitacional, Empresas Securitizadoras, Financieras o cualquier denominación que se les dé y con las cuales podrá celebrar contratos de mutuo, contratos de depósito, contratos de inversión, contratos de factoring, contratos de leasing y en general celebrar todos y cada uno de los contratos, en su más amplia acepción y con las más amplias facultades que son de competencia y especialidad de dichas Instituciones Financieras.- Demás estipulaciones en la escritura rectificatoria.- Concepción, 22 de Enero de 2026.