CHILEFARMING S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2026
- Notario
- PABLO EISENDECHER BERTIN
- Domicilio
- Osorno
Objeto social
Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo ciento ocho de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, en el sentido de consignar, dentro del plazo legal y por escritura pública, los hechos que han producido la disolución de CHILEFARMING S.A El Directorio declara que, con las operaciones de compra de acciones referidas, se han reunido en el accionista don ALAN JOHN MORRIS el ciento por ciento de las acciones de Chilefarmig S.A., Se ha producido de esta manera, la disolución legal de la sociedad, según lo dispuesto en el artículo ciento tres, número dos de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis. Lo anterior deberá quedar consignado por escritura pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo ciento ocho de la referida ley. En este mismo acto se propone y acuerda, que don ALAN JOHN MORRIS deberá asumir todas las posibles deudas, especialmente en lo relativo a impuestos que adeudare o pudiere adeudar la Sociedad Chilefarming S.A. Ante la proposición de la Sra. presidente se acuerda, además, que don ALAN JOHN MORRIS subrogará a Chilefarming S.A. en todos los juicios que se encuentren actualmente en tramitación, o que se inicien por hechos anteriores a esta escritura, ya sea como demandante o demandado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO EISENDECHER BERTIN, Notario Público Titular de Osorno, Bernardo O’Higgins 691, certifica: por escritura pública de fecha 22 de enero del 2026, repertorio número 330-2026, ante mí; doña Berta del Carmen Rivera Escobar, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos ochenta y un mil cuatrocientos ochenta guion dos, casada y separada de bienes, contador auditor, domiciliada en Parcela cincuenta y ocho, Valles del Río Bueno de la comuna de La Unión por sí y en representación de don ALAN JOHN MORRIS, rol único tributario número cuarenta y ocho millones ciento veinte y nueve mil novecientos sesenta y nueve mil guion uno, con domicilio en Fundo Oro Blanco de la comuna de La Unión, y don ROGLIANO CESAR ZARATE CISTERNAS; redujeron a escritura pública sesión extraordinaria de directorio de Sociedad Chilefarming S.A. inscrita a fojas quince mil novecientos dieciocho número diez mil ochocientos diecinueve del Registro de Comercio del año dos mil ocho a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la cual tuvo por objeto: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo ciento ocho de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, en el sentido de consignar, dentro del plazo legal y por escritura pública, los hechos que han producido la disolución de CHILEFARMING S.A El Directorio declara que, con las operaciones de compra de acciones referidas, se han reunido en el accionista don ALAN JOHN MORRIS el ciento por ciento de las acciones de Chilefarmig S.A., Se ha producido de esta manera, la disolución legal de la sociedad, según lo dispuesto en el artículo ciento tres, número dos de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis. Lo anterior deberá quedar consignado por escritura pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo ciento ocho de la referida ley. En este mismo acto se propone y acuerda, que don ALAN JOHN MORRIS deberá asumir todas las posibles deudas, especialmente en lo relativo a impuestos que adeudare o pudiere adeudar la Sociedad Chilefarming S.A. Ante la proposición de la Sra. presidente se acuerda, además, que don ALAN JOHN MORRIS subrogará a Chilefarming S.A. en todos los juicios que se encuentren actualmente en tramitación, o que se inicien por hechos anteriores a esta escritura, ya sea como demandante o demandado. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Osorno, 23 de enero de 2026.-