MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones y Asesorías KRMC Limitada

RUT 76423436-7 CVE 2761154
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2025
Repertorio
19146-2025
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2025, Repertorio N° 19.146-2025, ante mí, Ricardo Alberto Briggs Luque, Kerry Sullivan, Mariana Valentina Briggs Selame y Claudia Ivonne Selamé Faunnes, todos domiciliados en Rosario Norte 407, comuna de Las Condes, esta ciudad, modificaron Inversiones y Asesorías KRMC Limitada, inscrita a fojas 96592, número 59065 del Registro de comercio de Santiago del año 2014, publicada en el Diario oficial con fecha 23 de diciembre de 2014, siguiente sentido: A) El retiro de la sociedad de Claudia Ivonne Selamé Faunnes como consecuencia de la cesión de la totalidad de sus derechos sociales en Inversiones Y Asesorías Krmc Limitada a Ricardo Alberto Briggs Luque; B) La modificación de la cláusula quinta de los estatutos, relativa al capital; y C) La modificación de la cláusula séptima de los estatutos sociales, en lo relativo a la distribución de utilidades. COMPRAVENTA Y CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Claudia Ivonne Selamé Faunnes vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en Inversiones y Asesorías KRMC Limitada, representativos del quince por ciento del capital social, al socio Ricardo Alberto Briggs Luque. Por su parte, Ricardo Alberto Briggs Luque, compró, aceptó, y adquirió para sí los derechos sociales antes indicados, quedando como dueño y titular del setenta ciento de los derechos sociales de Inversiones y Asesorías KRMC Limitada. MODIFICACIÓN ARTÍCULO CAPITAL SOCIAL. Como consecuencia de lo antes señalado, los actuales y únicos socios de Inversiones y Asesorías KRMC Limitada modificaron la cláusula quinta de los estatutos sociales, quedando su texto como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: A) Don RICARDO BRIGGS LUQUE aporta la suma de siete millones de pesos, equivalentes a un setenta por ciento del capital social, ingresados con anterioridad en la caja social; B) doña KERRY SULLIVAN aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento del capital social, ingresados con anterioridad en la caja social; y C) doña MARIANA BIRGGS SELAME, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento del capital social, ingresados con anterioridad en la caja social.”. Asimismo, los actuales y únicos socios de la sociedad Inversiones y Asesorías KRMC Limitada acuerdan modificar el artículo séptimos de los estatutos sociales, relativo a la participación en as utilidades de la sociedad, quedando su texto como sigue: “SÉPTIMO: Los beneficios y las eventuales pérdidas sociales se distribuirán en partes iguales. Los socios determinarán de común acuerdo la oportunidad de la distribución de las utilidades sociales, como asimismo de los retiros particulares que los socios podrán efectuar durante el ejercicio, a cuenta de las utilidades anuales definitivas. Con todo, a contar del uno de enero de dos mil veintiséis y por el plazo de cinco años contados desde la fecha señalada, solo los socios Ricardo Alberto Briggs Luque y Kerry Sullivan podrán retirar utilidades de la sociedad, por un porcentaje equivalente al cincuenta por ciento de éstas para cada uno. La socia MARIANA BIRGGS SELAME no podrá retirar utilidades durante el período de cinco años antes indicado”. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Los comparecientes declaran que en todo lo no modificado por la presente escritura quedan plenamente vigentes los Estatutos Sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 08 de enero de 2026.