MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SEFE LIMITADA

RUT 77844733-9 CVE 2761242
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2026
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura de fecha 15 de enero de 2026, ante mí, HEIDY MILENA ESGUERRA SÁNCHEZ, cédula de identidad número 23.884.893-8; doña ANGELA LILIANA ESGUERRA SÁNCHEZ, cédula nacional de identidad número 27.587.134-6, y don DANIEL ALEJANDRO SÁNCHEZ BUSTOS, cédula nacional de identidad número 26.320.259-7, todos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Zapadores número 546, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, Nombre: “INVERSIONES SEFE LIMITADA”, inscrita a fojas 11.147 número 4.882 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024. doña HEIDY MILENA ESGUERRA SÁNCHEZ, cede y transfiere a doña ANGELA LILIANA ESGUERRA SÁNCHEZ el 98% de los derechos sobre la sociedad INVERSIONES SEFE LIMITADA. Al mismo tiempo, en doña HEIDY MILENA ESGUERRA SÁNCHEZ, cede y transfiere a don DANIEL ALEJANDRO SÁNCHEZ BUSTOS el 1% de los derechos sobre la Sociedad. Como consecuencia de la cesión de derechos, han quedado como únicos socios doña ANGELA LILIANA ESGUERRA SÁNCHEZ, con 99% de los derechos sociales y don DANIEL ALEJANDRO SÁNCHEZ BUSTOS, con 1% de los derechos sociales. Se modifica el artículo quinto, respecto al capital, quedando así: ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: a) ANGELA LILIANA ESGUERRA SÁNCHEZ, se obliga a enterar el equivalente al 99% del capital social, mediante el aporte de $990.000 que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; b) DANIEL ALEJANDRO SÁNCHEZ BUSTOS, se obliga a enterar el equivalente al 1% del capital social, mediante el aporte de $10.000 que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto. Se modifica el artículo séptimo, respecto a las utilidades y pérdidas, y los retiros para gastos, quedando así: ARTÍCULO SEPTIMO. LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS, Y LOS RETIROS PARA GASTOS. Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán en la siguiente proporción: doña ANGELA LILIANA ESGUERRA SÁNCHEZ un 99%, y don DANIEL ALEJANDRO SÁNCHEZ BUSTOS un 1%. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2026.-